Reformas Financieras
Este artículo es una profundización de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
En Economía Internacional
La liberalización financiera, o reforma financiera, en el sentido más general, se refiere a la transición desde un sistema financiero caracterizado por la intervención y la propiedad del Estado hacia un sistema más orientado al mercado.
La liberalización financiera no sólo debe ser considerada en fases históricas discretas que difieren según la región y el nivel de desarrollo, sino que también puede y debe ser entendida como aplicable a las esferas nacional e internacional. A veces esta distinción se reduce a la diferencia entre la reforma bancaria y la reforma del mercado de capitales.
La liberalización financiera orientada hacia el exterior implica la eliminación de los controles estatales sobre el flujo de financiación entre el país en cuestión y los mercados financieros internacionales, lo que incluye permitir la competencia de los bancos internacionales que operan en el país.
La liberalización financiera orientada al interior se centra en la eliminación de las restricciones a la competencia y otras prácticas empresariales dentro de los mercados financieros nacionales.
Controles orientados al interior y liberalización
Una de las formas más comunes de restricciones impuestas a los bancos nacionales, tanto en los países desarrollados como en los que están en vías de desarrollo, han sido los límites máximos de los tipos de interés, es decir, las restricciones sobre el tipo de interés que los bancos pueden pagar a los depositantes para competir por sus depósitos, y/o los límites sobre el tipo de interés que los bancos pueden cobrar a los prestatarios por sus préstamos.
La desregulación o liberalización en este caso implica la eliminación de dichos límites. Otra forma de regulación de los tipos de interés adopta una forma más microeconómica.
Los gobiernos pueden establecer diferentes límites máximos de los tipos de interés en función del sector económico del préstamo.
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De esta manera, los gobiernos obtienen el control de hacia dónde deciden los bancos dirigir los recursos financieros y quién tiene acceso al crédito. Esto se denomina a veces asignación sectorial de la financiación, que ha sido mucho más común entre las economías de reciente industrialización (NEI) de Asia que en América Latina o los países industriales avanzados.
Otro método de asignación sectorial es la manipulación de los requisitos de reserva marginal sobre los depósitos bancarios. Por ejemplo, los funcionarios monetarios podrían controlar la asignación de la inversión privada alterando el nivel de reservas que los bancos privados deben mantener en el banco central. A veces, los requisitos de reserva se ajustan en función del sector de la economía al que se destinan los préstamos. (Para un análisis más detallado de cómo funcionó esto en México, véase Auerbach 2001). Especialmente en Asia, la financiación dirigida formaba parte de una estrategia de política industrial más amplia de industrialización dirigida por el Estado. La forma más directa en que los gobiernos han controlado el flujo de financiación nacional, especialmente en los países en desarrollo, es a través de la propiedad de los bancos. Así, la privatización, es decir, el proceso de venta de estos bancos al sector privado, se convierte a menudo en la piedra angular de la liberalización financiera del mercado nacional.
Sin embargo, incluso después de que el sector bancario nacional se haya privatizado, los gobiernos suelen mantener, en diversos grados, cierto control sobre el destino de los recursos financieros de los bancos del sector privado. Este fenómeno, a menudo llamado ''orientación de ventanilla'', fue practicado sobre todo en las economías asiáticas por Estados desarrollistas muy intervencionistas, como Corea del Sur y Japón, que no estaban dispuestos a renunciar al control total de la asignación de la financiación a pesar de la intensa presión para liberalizar. Otro de los mecanismos por los que los gobiernos han mantenido el control sobre los sectores bancarios privatizados es a través de la autoridad para constituir nuevos bancos. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si bien esta autoridad, al igual que la de imprimir dinero, cae naturalmente bajo el ámbito del Estado y no se considera necesariamente intervencionista, el nivel de restricciones a la constitución de nuevos bancos y la forma que adoptan esas restricciones sí caen bajo el paraguas de la intervención estatal.
Por lo tanto, cuando se eliminan las restricciones a la fletadura, o cuando se sustituyen las políticas de fletamento preferente por fletamentos de aplicación neutral que tratan a los propietarios extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y nacionales por igual, estas reformas políticas se considerarían una forma de liberalización financiera. Las restricciones a la competencia bancaria han adoptado formas múltiples y específicas, a menudo relacionadas con historias nacionales concretas.
En Estados Unidos, por ejemplo, la legislación obligaba a los bancos a no aceptar depósitos en más de un estado y a no poseer directamente acciones de empresas industriales.
La derogación de esta legislación en 1999 representó para Estados Unidos uno de los últimos pasos de un proceso de reforma financiera que comenzó en la década de 1970 con la supresión de los topes de los tipos de interés.
Liberalización financiera externa
La liberalización orientada al exterior pretende eliminar las restricciones de los flujos financieros o los controles de precios entre el mercado financiero nacional y la financiación internacional.
La eliminación de los controles de capital en los países industriales avanzados tuvo lugar principalmente en la década de 1970 debido a la ineficacia de estos controles en el contexto de las nuevas tecnologías que permitían a los bancos transferir capital internacionalmente con sólo pulsar un botón.
Sin embargo, ha habido notables excepciones a esta regla.
Chile impuso un importante impuesto a las salidas de capital, conocido como el "impuesto Chile", en la década de 1990, que controló eficazmente las salidas de capital. El segundo tipo importante de liberalización externa se produjo al permitir la entrada de bancos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) en los mercados bancarios nacionales que antes estaban restringidos a la propiedad nacional. Este tipo de liberalización ha sido lenta y poco sistemática, dado el papel políticamente cargado que desempeña la banca en la mayoría de las economías. La liberalización de los tipos de cambio se debe, en parte, a las presiones que ejerce la creciente movilidad del capital internacional.
La mayoría de los expertos coinciden en que la gestión de los tipos de cambio es cada vez más difícil y arriesgada, dada la tendencia a la especulación cambiaria en los mercados internacionales de divisas. Aunque los gobiernos han seguido considerando el tipo de cambio como una variable económica clave que afecta a la competitividad comercial y a los flujos de inversión extranjera, su capacidad para manipular esa variable disminuyó considerablemente en la década de 1990.
Olas de liberalización financiera
Históricamente y a nivel mundial, la liberalización financiera se ha producido en oleadas.
En la década de 1970 se produjo una importante oleada de reformas financieras en los países industriales avanzados. Algunos autores enmarcan la oleada de reformas orientadas al mercado entre los países industriales avanzados como parte del desmoronamiento del sistema de Bretton Woods, que promovía la intervención del Estado mediante un estricto control de los flujos financieros internacionales. El fin del sistema de Bretton Woods dio lugar a un cambio inmediato de tipos de cambio fijos a tipos de cambio flotantes en la mayoría de los países industriales avanzados.
La mayoría intentó mantener los controles de capital, pero el rápido aumento de los flujos financieros, con la ayuda de las nuevas tecnologías informáticas, hizo que estas políticas fueran cada vez más costosas y difíciles de supervisar.
Los controles de capital en Estados Unidos se eliminaron definitivamente en 1974, y en Gran Bretaña en 1979.
Los últimos países europeos en eliminar los controles fueron Portugal e Irlanda a principios de la década de 1990. En contraste con la experiencia de los países industriales avanzados, los países en desarrollo, especialmente las NEI, mantuvieron sistemas financieros más intervencionistas - o lo que algunos han llamado ''reprimidos'' - hasta la década de 1980.
En este caso, el catalizador de la oleada de reformas fue la crisis de la deuda latinoamericana.Tema: historia-latinoamericana. Tema: latinoamerica. Una vez más, las interpretaciones de esta ola de liberalización financiera difieren ampliamente entre los defensoresy los opositores de la liberalización financiera.
Detalles
Los defensores son propensos a sugerir que la crisis de la deuda fue el resultado natural de años de intervención financiera ineficaz o de represión de los mercados financieros.
Tema: mercados-financieros-mundiales.
Los que se oponen a la liberalización financiera, por otro lado, argumentan que la crisis de la deuda puso a los países en desarrollo entre la espada y la pared: bajo la presión internacional de Estados Unidos y el Fondo Monetario Internacional (FMI), no tenían otra opción que liberalizar sus mercados financieros o enfrentarse a un corte permanente de los flujos de capital internacionales.
Como resultado, la mayoría de los países latinoamericanos y algunos asiáticos, en diversos grados, levantaron los techos de los tipos de interés, dejaron de utilizar los requisitos de reserva marginal para dirigir la financiación a sectores específicos, aflojaron los controles de capital y comenzaron a privatizar el sector bancario como parte de las primeras rondas de reformas financieras en la década de 1980. Con la década de 1990 llegó una nueva serie de crisis financieras que precipitaron una nueva ronda de liberalización financiera, esta vez centrada en los mercados de capitales externos y la banca nacional. Entre los economistas y los politólogos también surgió un animado debate sobre los pros y los contras de la liberalización financiera. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sobre todo después de la crisis financiera asiática de 1997, los defensores de la liberalización financiera culparon a la liberalización insuficiente de la década anterior como la causa principal, mientras que los opositores culparon a la liberalización demasiado rápida y amplia, en particular la liberalización de los flujos de capital externo. La mayor parte de la literatura de economía política sobre la liberalización financiera se ha centrado en las causas de la liberalización, sin diferenciar entre formas perversas y benignas de liberalización. Una creciente literatura de economía política rechaza ahora la noción de que la liberalización financiera es intrínsecamente beneficiosa o perjudicial, y describe en cambio las condiciones políticas en las que la liberalización promoverá el crecimiento y la eficiencia, en contraposición a los resultados perversos. Datos verificados por: Brooks
Reformas estructurales de los servicios financieros en Francia en los años ochenta y noventa
La Ley de Bancos de Francia de 1984 no incluía la red de ahorro y los servicios postales.45 El estado de las cajas de ahorro se redefinió en 1983 y, más aún, en 1991, cuando se reestructuraron para convertirse en una de las nueve principales redes minoristas del país. valioso para Trésor, y continuó suministrando el circuito de Trésor: su papel continuo como participante en el mercado, accionista y regulador.
La Commission des Opérations du Bourse (COB), creada en 1967 como organismo de control para los mercados de valores, permaneció en una relativa oscuridad hasta las secuelas del desplome de octubre de 1987, cuando la caída de los precios de las acciones provocó una explosión de ofertas de adquisición.
A fines de 1988, el gobierno socialista utilizó el CdC y las corporaciones estatales para recomprar las acciones de las empresas privatizadas y para llenar los cofres del partido socialista.
La Comisión de Valores e Intercambio de los Estados Unidos alertó a la COB sobre movimientos de acciones sospechosas, lo que provocó una investigación que reveló la participación de asociados cercanos del Presidente Mitterrand y el Primer Ministro Bérégovoy. Mitterrand intentó evitar las críticas públicas al anunciar una futura legislación para proteger a las corporaciones francesas contra el "dinero errante y depredador". 47 En efecto, la ley de agosto de 1989 sobre "seguridad y transparencia del mercado" implementó la directiva de la UE sobre el uso de información privilegiada y los inversores obligados que construyeron una participación de más del 33% del capital de una empresa que cotiza en bolsa para realizar una oferta completa por al menos el 66% de las acciones.
La ley fortaleció a la COB para proteger a las empresas contra las adquisiciones hostiles de otras compañías. No abordó el problema central que enfrenta el estado francés de cómo vigilarse a sí mismo. El estado francés tenía otras formas de resistir la penetración externa de su sistema financiero.
La mayor competencia entre los bancos franceses no impidió la cooperación, especialmente cuando prometió aumentar la productividad de las fuerzas laborales altamente sindicalizadas de los bancos.
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Dada la continua tutela del estado, reducir las sucursales o el empleo resultó difícil.48 Los proyectos de tecnología común también tenían el atractivo adicional de combinar las ventajas de un oligopolio bancario con la posición de monopolio del Ministerio de Telecomunicaciones y France Télécom.
La práctica de “interbancarité” se define como “una característica importante del sistema bancario y financiero francés al servicio de la clientela, que se beneficia y aspira a mantenerla; se expresa en sistemas técnicos realizados y administrados conjuntamente”. 49 Esto se expresó en dos iniciativas clave: los bancos mutuos, vinculados al sistema de pagos Eurocard centrado en Alemania, llegaron a un acuerdo con las cajas registradas y cajas de ahorros, afiliadas a la red internacional VISA, para crear un sistema electrónico de "tarjeta bancaria", que permitiera una Rápido aumento en el uso de dinero plástico en Francia. El Ministerio y Francia Télécomm desarrollaron una terminal de videotexto (Minitel) que se entregó de forma gratuita a los suscriptores de teléfonos franceses. El Minitel proporcionó información sobre los mercados financieros, las cuentas individuales y las facilidades de ahorro.
La tecnología abrió el mercado de la banca en casa a todos los bancos franceses. De manera similar, a medida que los seguros se trasladaron a la órbita de la legislación de la UE, la política interna de seguros se hizo más densa.
La Ley de Seguros de diciembre de 1989 incorporó la legislación de la UE, pero creó un marco regulatorio corporativista.50 La Ley estableció una Comisión de Control modelada en el CB, y un Consejo Nacional de Aseguradores (CNA), presidida por el Ministerio de Finanzas y supervisando tres comités diferentes para Licencias, relaciones con clientes y regulación.
Esta fue el área en la que se ganó la dimensión corporativista de la creación de normas y su aplicación, mientras que la Dirección de Seguros del Ministerio de Finanzas perdió responsabilidades. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se cerró un acuerdo entre las empresas y los agentes de seguros, por lo que los competidores de un mercado territorial tenían que ofrecer una compensación.51 Los aseguradores nacionalizados (AGF, GAN y UAP) se agruparon en sociedades de cartera y aprovecharon la nueva legislación para comprar participaciones en bancos y empresas industriales.
Pero a medida que las presiones del mercado revelaron los límites de "bancaseguros", el marketing directo ganó terreno, los precios inmobiliarios se desplomaron y aparecieron préstamos incobrables en los libros de los bancos en los que tenían participaciones, estas empresas se abrieron al sector privado. Incluso la Oficina de Correos obtuvo el permiso para vender seguros, lo que llevó a los aseguradores desesperados a solicitar a la Comisión Europea que ponga fin a los privilegios especiales de sus competidores de mutuales y cajas de ahorros. La internacionalización de los mercados bancarios franceses requirió un fortalecimiento de la supervisión prudencial.
En los mercados minoristas, el público estaba poco preocupado por la perspectiva de la quiebra. El artículo 52 de la Ley de Bancos de 1984 reconoció oficialmente dicha solidaridad interbancaria y dispuso que el Gobernador de la Banque de France pidiera a los accionistas que protejan los intereses de los depositantes y terceros. El estado respaldó los depósitos tanto de la CdC como de los grandes bancos, nacionalizados o no. El cártel bancario aseguró que los depositantes enfrentaran tasas de interés casi idénticas.
Las diversas categorías de bancos, ya sean registrados o mutuos, tenían sus propios mecanismos de seguro de depósitos no tan voluntarios.
La Comisión Bancaire ejercía la autoridad en la Cámara de Compensación de Instrumentos Financieros de París, que era propiedad de MATIF, el mercado de futuros. Este mecanismo se puso en marcha por primera vez en julio de 1988, cuando los corredores de bolsa perdieron 614 millones de francos franceses en el MATIF después de la caída de 1987.
La nueva bolsa de valores reorganizada debía cubrir las pérdidas.52 En los mercados mayoristas, el Banque de France adoptó una línea coherente de que los bancos de la AFB deberían indemnizar a los depositantes y clientes de las instituciones fallidas.
En noviembre de 1988, ordenó a los bancos ayudar a rescatar al banco Al Saudi, seguido de otros cuatro bancos árabes.
Tomó una línea dura similar en los bancos de la AFB que pagaban indemnizaciones en 1991 para los clientes de BCCI.53 Autor: Williams
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas
45. Esto había sido excluido de la lista de establecimientos de crédito cubiertos por la Primera Directiva Bancaria de la UE de 1977. 46.
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Daniel Duet, Les Caisses d’Epargne (Paris: PUF, 1991) 47. “Taste for Regulation Revived,” Financial Times, 2 de noviembre de 1989. 48. Yves Ullmo, el Secretario General del Consejo Nacional de Crédito, citado en "Banques Françaises le Client Fais les Frais de la Crise", La Tribune Desfossés, 2 de diciembre de 1992.
Las pérdidas netas de empleos de los bancos de la AFB durante 1978- 1991 ascendió a mil de un total de más de 240,000. 49. "Banques:’ l’Impératif Informatique ", Le Monde, 22 de octubre de 1992. 50.
La Ley reorganizó la profesión. El Consejo Nacional de Seguros se redujo a un papel consultivo; se creó un Comité Consultivo para evaluar las regulaciones relativas a las relaciones entre aseguradores y asegurados. A la Comisión de Control se le otorgaron importantes poderes disciplinarios. 51. “Agentes Généraux: Un Nouveau Statut”, Le Figaro, 16 de noviembre de 1990. 52. "Les Ex-agents of Change on Perdu 613.7 millones", Le Monde, 21 de julio de 1988. 53. "Paris Demande à Abu Dhabi d’Indemnsier les Déposants", Libération, 3 de agosto de 1991.
Véase También
Crisis bancaria
Sistema de Bretton Woods
Controles de capital
Flujos de capital a los países en desarrollo
Convertibilidad
Crisis monetaria
Regímenes cambiarios
Crisis financiera
Consenso de Washington
Bancos, Crisis Financieras, Derecho Bancario, Destacado, Economía del siglo XX, Economía Financiera, Economía Internacional, Gestión de Crisis, Historia de las Instituciones Financieras, Regulación Financiera