Las Reglas del Arbitraje
Este artículo es una ampliación de la información sobre arbitraje y mediación en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el contexto del arbitraje y la mediación, sobre este tema. Te explicamos, en el marco de la mediación, la resolución de controversias y el arbitraje, qué es, sus características y contexto. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Centros, instituciones y normas
AAA/ICDR (American Arbitration Association/International Centre for Dispute Resolution) y su Reglamento de Arbitraje. AIAC (Centro Asiático de Arbitraje Internacional) y su Reglamento de Arbitraje. ASA (Asociación Suiza de Arbitraje) y su Reglamento de Arbitraje. BAC (Comisión de Arbitraje de Pekín) y su Reglamento de Arbitraje. BCDR-AAA (Cámara de Resolución de Disputas de Bahrein) y su Reglamento de Arbitraje. BIAC (Corte Internacional de Arbitraje de Bucarest) y su Reglamento de Arbitraje. BVI IAC (Centro Internacional de Arbitraje de las Islas Vírgenes Británicas) y su Reglamento de Arbitraje. CAS (Tribunal de Arbitraje del Deporte) y su Reglamento de Arbitraje. CAM (Cámara de Arbitraje de Milán) y su Reglamento de Arbitraje. CRCICA (Centro Regional de Arbitraje Comercial Internacional de El Cairo) y su Reglamento de Arbitraje. CEAC (Centro de Arbitraje Chino Europeo) y su Reglamento de Arbitraje. CEDR (Centro para la Resolución Eficaz de Conflictos). CIArb (Chartered Institute of Arbitrators) y su Reglamento de Arbitraje. CIETAC (China International Economic and Trade Arbitration Commission) y su Reglamento de Arbitraje. CPR (International Institute for Conflict Prevention and Resolution) y su Reglamento de Arbitraje. Delos y su Reglamento de Arbitraje. DIA (Instituto Danés de Arbitraje) y su Reglamento de Arbitraje. DIAC (Centro Internacional de Arbitraje de Dubai) y su Reglamento de Arbitraje. DIS (Instituto Alemán de Arbitraje) y su Reglamento de Arbitraje. FIDIC (Federación Internacional de Ingenieros Consultores). HKIAC (Hong Kong International Arbitration Centre), Reglas de Arbitraje Administradas y Reglas de Arbitraje Domésticas. IAI París (Instituto Internacional de Arbitraje). IBA (International Bar Association) y sus Directrices de Arbitraje. ICAC (Corte de Arbitraje Comercial Internacional de la Cámara de Comercio e Industria de Ucrania) y su Reglamento de Arbitraje. CCI (Cámara de Comercio Internacional) y su Reglamento de Arbitraje. ICCA (Consejo Internacional de Arbitraje Comercial). ICE (Institución de Ingenieros Civiles). CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones): Convenio del CIADI y sus Reglas de Arbitraje. IUSCT (Tribunal de Reclamaciones Irán-Estados Unidos). ITA (Instituto de Arbitraje Transnacional). JCAA (Japan Commercial Arbitration Association) y su Reglamento de Arbitraje. KCAB (Korean Commercial Arbitration Board) y su Reglamento de Arbitraje Internacional y su Reglamento de Arbitraje Nacional. LCIA (London Court of International Arbitration) y su Reglamento de Arbitraje. LMAA (London Maritime Arbitrators Association) y sus Términos. LME (London Metal Exchange) y su Reglamento de Arbitraje. MCIA (Centro de Arbitraje Internacional de Bombay) y su Reglamento de Arbitraje. NYIAC (Centro de Arbitraje Internacional de Nueva York). Biblioteca de jurisprudencia del NYIAC. PCA (Corte Permanente de Arbitraje) y su Reglamento de Arbitraje. P.R.I.M.E Finance y su Reglamento de Arbitraje. SIAC (Singapore International Arbitration Centre) y su Reglamento de Arbitraje. SCC (Cámara de Comercio de Estocolmo) y su Reglamento de Arbitraje. UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional) y su Reglamento de Arbitraje. VIAC (Centro de Arbitraje Internacional de Viena) y su Reglamento de Arbitraje. OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) y su Reglamento de Arbitraje. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Las Reglas del Arbitraje
Concepto de las reglas del arbitraje en relación a este ámbito: En la redaccIón de una cláusula de arbitraje deberían considerarse los siguientes aspectos relativos a las reglas del arbitraje.
Elección
En primer lugar, se plantea la elección de un arbitraje ad-hoc o un arbitraje institucional, debiendo adecuarse la cláusula arbitral a las reglas de arbitraje respectivas.
Sede del Arbitraje
En segundo lugar, las partes deberán seleccionar un lugar para el arbitraje que sea conveniente para ellas y para aquéllos que puedan eventualmente (finalmente) convertirse en testigos en cualquier procedimiento. las leyes de los tres países del TLCAN (el 1 de julio de 2020 entró en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que sustituye al TLCAN (véase su historia)) fomentan el arbitraje internacional, por lo que no debe dudarse en llevar a cabo el arbitraje en cualquiera de los tres países.
Si las partes desean sEleccIonar un lugar para el arbitraje fuera de dichos países, deben considerar los aspectos de la ley nacional que pudiesen afectar el desarrollo del mismo.
Si se elige un arbitraje institucional, no es necesario que el órgano administrativo escogido se encuentre ubicado en el mismo foro, dado que muchas de las instituciones a menudo administran arbitrajes fuera de sus países de origen. Véase, en especial, la información sobre la determinación del arbitraje internacional.
Ley Aplicable
En tercer lugar, en el contrato (o el acuerdo de arbitraje) se debería designar la ley aplicable o sustantiva que regirá en la solución de la controversia. No se trata de un requisito necesario, pero su ausencia puede incrementar el tiempo y coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) del arbitraje, y perjudicar a alguna de las partes. la Elección del árbitro idóneo requiere conocer qué legislación domina.
Son varios los aspectos que hay que considerar al decidir sobre la ley aplicable, que sea un sistema legal que haya desarrollado un conjunto de leyes que regulen los asuntos que puedan surgir; que la ley aplicable considere el objeto materia de la controversia, o si la ley aplicable de un país también incluye reglas de Derecho Internacional, que puedan, a su vez, referirse a la legislación de otro país (conflictos de leyes); y si las «leyes aplicables» consideran el objeto materia del contrato como arbitrable. la designación de la ley aplicable es fundamental incluso si las partes pretenden la aplicación de los principios generales de derecho o usos mercantiles. la composición del tribunal arbitral puede ser acordada por las partes indicando el número de árbitros que serán designados, así como su cualificación.
Si las partes son originarias de países con un idioma común, es probable que no sea necesario incluir una disposición relativa al lenguaje, basándose en la presunción de que se aplicará aquél en que fue escrito el contrato.
Si el lenguaje no se especifica, el tribunal arbitral decidirá sobre este asunto.
Si bien es posible, no resulta recomendable conducir el arbitraje en dos lenguajes.
Si las partes pertenecen a países con diferentes lenguajes, es fundamental designar el lenguaje del arbitraje, dado que las interpretaciones simultáneas en las audiencias y traduccIones de todos los documentos en dos o más lenguajes encarecen y dilatan el arbitraje. De no ser posible llegar a un acuerdo sobre el lenguaje dentro de la cláusula, sería recomendable acordar que los citados gastos serán compartidos o asumidos por la parte que los requiera.
Otras Cláusulas
Por último, cabe incluir otros aspectos en la cláusula arbitral sin que su extensión o complejidad comprometan su efectividad. Una cláusula extensa, que especifique demasiado sobre el procedimiento, puede limitar la flexibilidad de las partes y de los árbitros en la conduccIón del arbitraje de la manera más eficiente. Un arbitraje se basa siempre en un acuerdo arbitral, por lo que las partes deberían pensar acerca de la naturaleza de las disputas que pudiesen surgir y considerar si alguno de los siguientes asuntos debiera ser incluido en la cláusula de arbitraje. En este sentido, cabe incluir en la cláusula arbitral: el período de instruccIón de pruebas y presentación de documentos, medidas cautelares, acumulación, indemnización, plazos, costas y gastos. [1] Asunto: reglas. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Ejemplo: Arbitraje de reclamaciones de Alabama
En su época tuvo importancia no desdeñable el Arbitraje de reclamaciones de Alabama (Estados Unidos contra Gran Bretaña) (1872) Moore, Int. Arb, 653. El Tratado de Washington de 8 de mayo de 1871 (143 Consolidated Treaty Series (1648-1919) 145) preveía (art. 1) el arbitraje de las reclamaciones de los Estados Unidos derivadas de las depredaciones del Alabama y de otros buques cuya construcción o equipamiento se permitió en Gran Bretaña para la causa confederada durante la Guerra Civil estadounidense. El artículo 6 estipulaba que los árbitros debían aplicar a cualquier arbitraje las normas de conducta neutral, conocidas posteriormente como las Tres Reglas de Washington (véase Tres Reglas de Washington) establecidas en el Tratado, que exigían que un Estado neutral empleara la "debida diligencia" para evitar el equipamiento de expediciones hostiles en su territorio.
Sosteniendo que el grado de diligencia exigido debía ser proporcional a "los riesgos a los que cualquiera de los beligerantes podía estar expuesto, por el incumplimiento de las obligaciones de neutralidad" (en lugar de, por ejemplo, a los medios de vigilancia de que disponía el neutral), el Tribunal de cinco árbitros (Sir A. Cockburn, el miembro británico, discrepó) consideró que Gran Bretaña era culpable, desestimando, sin embargo, la reclamación estadounidense con respecto a los costes de persecución de los cruceros confederados por ser indistinguibles de los gastos generales de la guerra e, igualmente, la reclamación con respecto a las posibles ganancias de los buques destruidos por ellos, siendo éstas sólo especulativas.
Se concedió una suma global de 15,5 millones de dólares en oro que posteriormente fue distribuida entre los reclamantes individuales por un tribunal nacional estadounidense. Este arbitraje confirmó que un Estado, "in casu" Gran Bretaña, no podía invocar su derecho interno, "in casu" la ausencia de toda prohibición legal de equipar buques para las fuerzas confederadas, como justificación del incumplimiento de una obligación internacional. Revisor de hechos: KL Perry Para más conceptos e información de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, el derecho internacional humanitario y sus principios, el derecho internacional privado y sus fuentes, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), y sus normas. Asunto: derecho-internacional-publico. Asunto: derecho-internacional-privado. Asunto: tratados-internacionales. Asunto: arbitraje. Asunto: geopolitica. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
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Recursos
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Notas y Referencias
Información sobre las reglas del arbitraje procedente del Diccionario terminológico del arbitraje nacional e internacional (Comercial y de Inversiones), Jorge Luis Collantes et al., Perú, 2011