Regulación Financiera Internacional
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho internacional económico en esta revista de derecho empresarial. Examina el concepto y todo sobre este tema. Te explicamos, en el contexto del derecho económico internacional, qué es, sus características y contexto.
Propuestas de reforma de la Regulación financiera
Reseña de la revista "Libros de Economía y Empresa" del libro "Financial Reform. A Framework for Financial Stability": "Este informe nació de la iniciativa de algunos miembros del G-30, que formaron un grupo de trabajo liderado por el antiguo presidente de la Reserva Federal, Paul Volkner, y co-dirigido por Tommaso Padoa-Schioppa y Arminio Fraga Neto, cuyas responsabilidades públicas han sido numerosas, incluyendo el ministerio de Finanzas el primero y la presidencia del Banco Central de Brasil, el segundo. El informe recoge las ideas sobre las que hay consenso, aunque se debe señalar que no recoge las posiciones oficiales de los países o de los organismos participantes. El G-30 es una institución internacional privada, en la que participan representantes de entidades privadas, organismos públicos y académicos, con el objetivo de analizar las consecuencias internacionales de decisiones tomadas en los ámbitos privado y público. Este organismo celebra dos reuniones anuales, en las que se discuten temas de actualidad, y además organiza seminarios y publica estudios sobre cuestiones de relevancia. El informe que se reseña es la primera publicación del año 2009. El proyecto se inició en julio de 2008, cuando la crisis ya llevaba más de un año. Desde entonces la evolución ha sido negativa, con un empeoramiento muy pronunciado en el cuarto trimestre de 2008, lo que ha incentivado que se tomen nuevas iniciativas de intervención política. Este informe no trata de estas medidas. Se centra en las ideas que deberían asistir a una eventual reorganización del sistema financiero que tuviese como objetivo mejorar su estabilidad.
Una Conclusión
Por lo tanto, sus propuestas se dirigen a un horizonte menos inmediato, aunque también contribuirían a restaurar la confianza y el funcionamiento eficiente del sistema financiero.Entre las Líneas En concreto, el informe aborda los objetivos y delimitación de la regulación prudencial, los problemas de coordinación internacional, los elementos privados de la regulación, como son el gobierno corporativo o los procedimientos de control de riesgo, y el papel de la transparencia. El documento pretende ser de utilidad para las autoridades políticas, a las que dirige sus recomendaciones, pero también resulta de lectura obligada para cualquier analista cuyo interés abarque no solo las explicaciones de las causas u orígenes de la crisis, sino además las conclusiones que se pueden derivar para el futuro de la política económica. El informe se estructura en cinco partes, que responden a los objetivos que el grupo de trabajo considera que deben incorporarse a cualquier propuesta de reforma del sistema financiero. A su vez, cada una de estas partes se divide en epígrafes en los que se profundiza en un problema detectado en la crisis y, como resultado, se desemboca en una recomendación. La primera parte proporciona una visión general del programa de reforma que propone el G-30, sus principios orientadores y las recomendaciones fundamentales o de principios. Las secciones segunda a quinta se dedican a profundizar en esos principios sobre la base de los diferentes aspectos destacados en la crisis. Como conclusión, se van desgranado diferentes recomendaciones específicas, que ascienden a 18. Hay que resaltar que muchas de las secciones contienen recuadros sobre cuestiones que se desea resaltar o que suponen una profundización sobre la materia de que se trate.
Explicaciones
Por último, la parte sexta contiene una evaluación final. El informe se completa con un apéndice donde se recopilan todas recomendaciones que se han ido incluyendo en cada una de las secciones temáticas. Al final, se incluye la lista de miembros del G-30 y la relación de sus publicaciones. Como se ha dicho, la primera parte es general. Comienza con un reconocimiento de los múltiples fallos, tanto por parte de las políticas de regulación como en el comportamiento de las entidades, que justifica la necesidad de reforma, aunque sin caer en el error opuesto de llegar a un intervencionismo exagerado que distorsione la competitividad y genere comportamientos poco disciplinados en las entidades. Se señalan como cuestiones que deben abordarse en la reforma: el papel del sector público en la salvaguardia de la estabilidad financiera; la necesidad de que la competencia sea efectiva y justa; la revisión de la supervisión financiera; la coordinación internacional, y la mejora por las entidades de su gestión del riesgo y el gobierno corporativo.Entre las Líneas En este capítulo se recogen cuatro recomendaciones principales. La primera es que se eliminen las lagunas en la regulación, de forma que se extienda a todas las instituciones financieras con posible influencia sistémica.Entre las Líneas En segundo lugar, se pide que mejore la calidad y la efectividad de la regulación y de la supervisión, lo que demanda una mayor coordinación internacional. La tercera recomendación es que se mejoren los estándares y políticas internacionales, en especial las referidas a la gestión del riesgo, capital y liquidez, así como a la responsabilidad corporativa, de forma que se garantice una gestión prudente de los negocios.
Explicaciones
Por último, se aboga por que los mercados sean más transparentes, con una mejor alineación entre incentivos y riesgos, y por que las infraestructuras de los mercados sean más robustas ante posibles fallidos, incluso de grandes entidades financieras. Cada una de las cuatro recomendaciones principales es la materia de cada una de las siguientes partes del informe. En la sección segunda se desarrolla la necesidad de extender y homogeneizar la regulación y, por eso, su titulo se refiere a la redefinición de los límites de la regulación.
Las cinco recomendaciones concretas del capítulo precisamente abordan las nuevas realidades del sistema financiero.Entre las Líneas En primer lugar, se recomienda que se haga una supervisión consolidada de todas las actividades realizadas por los bancos, aunque tengan lugar en los mercados de capitales, que se ponga freno a su operativa por cuenta propia y que se limite la concentración de depósitos. También se recomienda incluir en la supervisión consolidada entidades no bancarias, como las compañías de seguros o las entidades de valores. La tercera recomendación se refiere a los fondos de inversión monetarios cuyo comportamiento y operativa en Estados Unidos ha sido similar a la de un depósito, incluyendo la oferta de servicios parecidos a los bancarios. La propuesta es que se diferencie claramente este tipo de productos de los que realmente responden a las características de los fondos de inversión, y que se sometan ambos a la regulación adecuada.Entre las Líneas En cuarto lugar, respecto a la gestión de capital privado, se recomienda que sea una actividad de obligado registro público, supervisada o sujeta a ciertas restricciones. La quinta recomendación se dirige a las sociedades de garantía hipotecaria estadounidenses, para las que propone una clarificación de sus funciones y que cuenten con un respaldo financiero y estatutario explícito. La sección tercera aborda la necesidad de mejorar la calidad de la regulación y la coordinación internacional. El informe da cuenta de los distintos enfoques posibles de organización de la supervisión y opta por la supervisión integrada o por el llamado modelo twin peaks, que separa la supervisión prudencial de la de las conductas de los agentes del mercado. La primera recomendación (6ª) es que los países simplifiquen sus estructuras regulatorias, mejoren la coordinación y reafirmen su independencia de las presiones políticas o de la industria.Entre las Líneas En siguiente lugar (7ª) se aboga por revisar el papel de los bancos centrales, que deben incluir en sus objetivos la estabilidad financiera, deben tener una relación formal con el supervisor bancario, si no es el mismo, y deben delimitar de forma clara las operaciones de financiación (o financiamiento) de emergencia. La última recomendación de este capítulo (8ª) se dirige a los reguladores nacionales para que revisen los mecanismos de coordinación existentes, de forma que mejore la supervisión de las organizaciones bancarias multinacionales y se consiga una aplicación uniforme de las normas. La sección cuarta se titula: “Mejora de los estándares de gobierno, gestión de riesgo, capital y liquidez”, y contiene cuatro recomendaciones, de la 9ª a la 12ª. Se señala que los sistemas financieros deben caracterizarse por tener incentivos coherentes con el principio de “quien toma el riesgo debe soportarlo” y por su transparencia para todos los participantes.Entre las Líneas En noveno lugar se recomienda que se eleven los estándares de gobierno y control de riesgo, con mayor compromiso de los gestores en cuanto a realizar su labor de forma adecuada.Entre las Líneas En siguiente lugar (10ª) se recomienda mejorar los requisitos de capital para reducir sus efectos de prociclicidad y, en todo caso, reconocer las limitaciones que existen en la identificación del riesgo. Además (11ª) deben existir estándares para el riesgo de liquidez, de forma que las empresas mantengan cierta capacidad de obtener liquidez incluso en condiciones de estrés. La última recomendación (12ª) se refiere a los principios de valoración de activos, especialmente cuando, en circunstancias extraordinarias, desaparece el mercado, que es la valoración más fiable, en principio. La mejora de la transparencia y de los incentivos, y la reforma de la infraestructura financiera, es el ámbito del capítulo quinto. Contiene seis recomendaciones, la primera de las cuales (13ª) se dirige a restaurar la confianza en los mercados de productos estructurados. Para ello, se estima necesario que sus requisitos regulatorios sean similares a los de los productos tradicionales.
Además, se recomienda (14ª) la revisión de la regulación de las agencias de rating, poniendo especial énfasis en su robustez y en la necesidad de que los usuarios realicen verificaciones independientes. Las siguientes recomendaciones se refieren a mejoras en las infraestructuras de negociación, en el caso de los productos OTC, los mecanismos de resolución y la transparencia en los mercados de productos estructurados. Así, se pide que la infraestructura de los mercados OTC (15ª) sea regulada y supervisada.
Por otro lado, se aconseja (16ª) dotar a las autoridades regulatorias con capacidad para llevar a cabo acciones preventivas o correctivas sobre las entidades financieras, así como decidir actuaciones necesarias para que recuperen su solvencia o se haga su liquidación ordenada. Respecto a los productos estructurados, se recomienda (17ª) que mejore la información relevante que proporcionan a los inversores. La última cuestión señalada en este capítulo se refiere a la necesidad de que los mercados OTC aumenten su transparencia, pero se aconseja a las entidades que son activas en esos productos que evalúen los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de mejorarla en comparación con los beneficios que les proporcione esta actividad. Respecto a la evaluación final, que se recoge en la sección sexta, cabe destacar que el G-30 considera que la crisis todavía va a estar presente durante el año en curso, y que las instituciones y los mercados financieros todavía necesitarán cierto tiempo antes de poder restaurar de forma correcta su actividad de intermediación del riesgo. La situación económica está complicando el panorama financiero y, por ello, los programas gubernamentales para paliar la crisis deben tener preferencia sobre los planes de reforma del sistema financiero.
Además, la verdadera medida de la necesidad de reforma se percibirá cuando sea más clara la magnitud y extensión de la crisis. La evaluación y las recomendaciones contenidas en este informe son las que se obtienen en el momento actual de la crisis. Sus propuestas tienen como objetivo restaurar la estabilidad financiera, pero se reconoce que deben analizarse también la situación competitiva o la estructura del sector.
Además, todo ello se debería enmarcar en un análisis general de la situación del sistema financiero con una perspectiva internacional, puesto que éste es el ámbito de la crisis. A pesar de que el informe no es muy extenso, las ideas que contiene son numerosas. Los breves análisis que desembocan en cada una de las recomendaciones proporcionan una acertada visión de los problemas, de forma que contribuyen a la comprensión de la crisis, además de servir de punto focal para orientar el futuro del sistema financiero. Existen diversas publicaciones conteniendo lecciones derivadas de la crisis, pero este Informe no es uno más y su lectura es aconsejable." Asunto: derecho-financiero-internacional.
Véase También
Recursos
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