Relación Laboral
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre la "Relación Laboral". Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
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Relación Laboral
Régimen Jurídico de la Relación Empleador-Empleado en América
Nota: Véase más detalles acerca de la relación empleador-empleado en América en otro lugar. Un empleador debe pagar a un empleado el salario acordado por sus servicios y proporcionarle un lugar de trabajo seguro e higiénico, herramientas adecuadas para el trabajo a realizar, empleados cuidadosos y competentes con los que trabajar y un entorno libre de discriminación y acoso. El empleador también debe advertir al empleado de cualquier peligro que exista en relación con el trabajo.
El empleado debe obedecer las órdenes legales de su empleador relativas al empleo, ejercer la buena fe hacia el empleador y realizar su trabajo con cuidado y a conciencia. A diferencia de los empleados, los contratistas independientes pueden demandar a su empleador por lesiones en el trabajo.
Un empleador también es responsable de los agravios de un empleado, pero no de los de un contratista independiente, que se cometan dentro del ámbito del empleo. El Servicio de Impuestos Internos publica una prueba para ayudar a las personas a determinar si un trabajador encaja en el estatus de empleado o de contratista independiente, de acuerdo con el derecho mercantil de Estados Unidos. La doctrina del empleo a voluntad establece que, al igual que un empleado puede elegir poner fin a su empleo en cualquier momento que lo desee, también un empleador puede poner fin al empleo de un empleado en cualquier momento por una buena razón, una mala razón o ninguna razón en absoluto. Los contratos de trabajo suelen tener cláusulas relacionadas con el mantenimiento de la confidencialidad respecto a secretos comerciales, pactos restrictivos y acuerdos de arbitraje en caso de disputa entre las partes. Normalmente, un manual del empleado contiene la historia de la empresa, los procedimientos de contratación, las horas de trabajo, el pago de salarios, los incrementos salariales y los ascensos, los procedimientos de despido, las prestaciones, los permisos de ausencia, la seguridad y las políticas varias. Los empleadores a los que se pida que proporcionen referencias de los empleados deben ser extremadamente cuidadosos. Proporcionar referencias negativas o incompletas puede someter a un empleador anterior a tres tipos de demandas interpuestas por antiguos empleados o posibles empleadores: invasión de la intimidad, difamación y tergiversación negligente. La Ley de Normas Laborales Justas de 1938 (FLSA, por sus siglas en inglés) es una ley que establece normas sobre la edad mínima que puede tener un empleado, los salarios mínimos que puede ganar y la tarifa a la que se paga a un empleado si trabaja más de un determinado número de horas en una semana laboral determinada. A continuación se examinará el significado.
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¿Cómo se define? Concepto de Relación Laboral
Véase la definición de relación laboral en el diccionario.
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Noción de Relación Laboral en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales internacionales, relación laboral ha sido definido [1] de la siguiente forma: Se aplica a las relaciones entre empleadores y trabajadores, dirección de empleadores y sindicatos, empleadores, sindicatos y gobierno, pero excluye las relaciones entre un empleador y un trabajador.
La Importancia del Sistema Jurídico
En las últimas décadas, el derecho laboral internacional se ha vuelto cada vez más prominente en las relaciones laborales.
Esta sección examina cómo el derecho y los sistemas legales influyen en las relaciones laborales.
El derecho es un mecanismo primario a través del cual el gobierno afecta y regula la conducta de las relaciones laborales.
Nos centramos tanto en la legislación o derecho laboral, que regula los sindicatos y la negociación colectiva, como en la legislación "del empleo" [employment law], que regula, en varios países anglosajones, los contratos individuales de empleo y establece normas laborales.
La tradición jurídica hispánica no hace tal distinción. En algunas áreas de las relaciones laborales, los cambios producidos a partir de los años 50 han sido tan notables o dramáticos como en el área de los sindicatos y la negociación colectiva.
Como es bien sabido, la densidad sindical disminuyó en la mayoría de las naciones desarrolladas del mundo (excepto especialmente en Canadá) durante la década de 1980 (de acuerdo con un estudio de Chaison y Rose, de 1991).
En los EE. UU., la afiliación sindical del sector privado se redujo de 20.1 a 12.4 por ciento de la fuerza laboral entre 1980 y 1989 (y al 12.1 por ciento en 1991).
Además, la negociación colectiva durante la década de 1980 a menudo se caracterizaba por términos como "negociación de concesiones", "devoluciones", "planes de pago de dos niveles", "pagos de suma global", "la muerte de la negociación de patrones" y similares. A pesar de estos desarrollos, o quizás en parte debido a ellos, la década de 1980 fue testigo de una gran cantidad de investigaciones sobre los resultados económicos de los sindicatos y la negociación colectiva. Dicha investigación tiene una larga tradición en las relaciones laborales, y la mayor parte de ella toma la forma de estudios de impacto salarial sindical utilizando un marco de análisis económico neoclásico.
En la década de 1970, la investigación de impacto salarial sindical avanzó notablemente mediante el uso de conjuntos de datos a nivel individual (a diferencia del realizado a nivel de la empresa y de la industria), y mediante el desarrollo y la aplicación de modelos de medición más complejos, incluidos modelos de ecuaciones simultáneas. Durante la década de 1980, la atención de los investigadores se dirigió hacia la medición de los impactos sindicales en el desempeño económico de las empresas. La legislación laboral ha sido fundamental, históricamente, y en la actualidad, para regular el proceso de formación sindical y para establecer una negociación colectiva, que se conoce, en algunos países, como la función constitutiva del derecho laboral, y para regular e influir en el poder de negociación relativo de las partes, que se conoce en algunos ámbitos internacionales como la función del agente de poder del derecho laboral [power broker function of labor law]. De manera similar, el "employment law" tiene, en los países que mantienen la distinción, una función constitutiva en el sentido de que determina cuestiones tales como "¿quién es un empleado?". Y una función de agente de poder en que influye en los salarios y otros términos y condiciones de empleo a través de disposiciones como el salario mínimo. En esta sección, examinaremos brevemente las funciones constitutivas y de intermediación de poder de la legislación laboral.
Comenzamos discutiendo los antecedentes del derecho constitucional, luego examinamos los orígenes de la legislación laboral.
Hay una entrada con mayor detalle.
Derecho Constitucional
La Constitución de los Estados Unidos establece la estructura básica del gobierno y enumera tanto sus poderes como los límites de esos poderes. Las cuestiones de derecho constitucional generalmente se centran en cuestiones como los procesos electorales, los poderes otorgados a diferentes partes del gobierno y los derechos de los ciudadanos individuales. Para las relaciones laborales, esto puede incluir preguntas sobre qué rama o nivel (estado o Ley federal) del gobierno tiene el poder de regular las relaciones laborales y los derechos de los trabajadores individuales, especialmente los empleados públicos, en relación al gobierno. En contraste con los Estados Unidos, donde la aplicación de la Constitución a las relaciones laborales es limitada, algunos países, particularmente aquellos con sistemas basados en el derecho civil, van más lejos en esta área e incorporan más derechos sociales, que pueden incluir principios básicos del derecho laboral, en particular, en su constitución nacional. Un ejemplo de la inclusión de derechos sociales positivos en una constitución nacional es el artículo 123 de la Constitución mexicana, que establece un derecho positivo al empleo: toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil. Para lograr esto, se promoverá la creación de puestos de trabajo y la organización social de conformidad con la ley. Este amplio derecho al empleo en el artículo 123 es seguido por una serie de disposiciones más detalladas relativas a cuestiones tales como las protecciones contra el despido improcedente, los salarios mínimos y el derecho a organizar sindicatos. Estas disposiciones son importantes para las relaciones laborales en toda la economía mexicana porque la Constitución mexicana se aplica a los actores privados, no solo al sector público.
Indicaciones
En cambio, en los Estados Unidos, las disposiciones de la Constitución generalmente se aplican solo al gobierno y otros actores del sector público. Esto limita considerablemente la relevancia del derecho constitucional en las relaciones laborales del sector privado. En los Estados Unidos, entonces, las cuestiones constitucionales en las relaciones laborales surgen principalmente en el contexto de los empleados públicos. Dado que los empleadores públicos son actores gubernamentales, están sujetos a las limitaciones establecidas en un documento constitucional fundamental, la Carta de Derechos o "Bill of Rights". Por ejemplo, los empleados públicos tienen derechos protegidos constitucionalmente a la libertad de expresión (véase; y también libertad de creación de medios de comunicación, libertad de comunicación, libertad de información, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York el 31 de marzo de 1953) y contra búsquedas irrazonables de su persona o propiedad. Estas protecciones constitucionales no se aplican a los empleados de empresas y organizaciones del sector privado.
Desarrollo histórico del derecho laboral
Las leyes laborales han cambiado drásticamente a lo largo de la historia de numerosos países, especialmente de loa occidentales, como en el caso de Europa y los EE. UU., reflejando las cambiantes políticas gubernamentales con respecto a los sindicatos y la regulación de la economía.
Derecho laboral del siglo XIX
En los Estados Unidos, las declaraciones más tempranas de política pública sobre la legalidad de la formación y actividad sindical aparecieron en las decisiones de los tribunales estatales. Desde 1800 hasta 1890, los tribunales estatales se basaron en los principios del derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) desarrollados por los jueces para regular la conducta de los sindicatos y los empleadores en lugar de las leyes promulgadas por las legislaturas de los Estados. Asunto: mundo. El primer caso histórico entre estas decisiones fue el caso de Philadelphia Cordwainers (Commonwealth v. Pullis, 1806), en el cual el tribunal dictaminó que los esfuerzos de los sindicatos u otras combinaciones de trabajadores en favor de aumentar los salarios eran intrínsecamente ilegales.
En otras palabras, los tribunales vieron a los sindicatos como una forma de conspiración criminal.
Las relaciones laborales de carácter especial
Se consideran relaciones laborales de carácter especial aquellas que por sus especiales características necesitan una regulación específica.
En España, el artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores contempla las llamadas "relaciones laborales de carácter especial", que están reguladas por reglamentos específicos con sus propias particularidades.
Relación de relaciones laborales de carácter especial
Se trata de los siguientes:
Atletas profesionales: Su normativa específica, que es el Real Decreto 1006/1985 de 26 de junio, regula que los atletas profesionales, regula que los atletas profesionales, establece que su remuneración es la establecida por el convenio colectivo aplicable o el contrato individual. Esta regla proporciona condiciones de trabajo básicas, como días laborables, descansos o períodos de vacaciones.
Artistas en espectáculos públicos: incluye actividades artísticas, tanto las que se realizan en vivo para un público como las que se graban para ser transmitidas por medios de comunicación (televisión, radio, películas, etc.).
Si su duración es inferior a diez días, no se puede establecer un período de prueba.
Sus regulaciones específicas se pueden encontrar en el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos.
Empleados involucrados en operaciones comerciales: Está regulado por el Real Decreto 1438/1985 de 1 de agosto.
Supone el ejercicio de operaciones mercantiles en nombre de otros, es decir, el trabajador actúa bajo la denominación de un representante o mediador, sin asumir El riesgo y fortuna de las operaciones mercantiles.
Trabajadores con discapacidades que prestan servicios en centros especiales de empleo: las personas con un grado de discapacidad de al menos el 33% pueden ejercerlo.
En cuanto a los centros especiales de empleo, son aquellos en los que al menos el 70% de la fuerza laboral tiene una discapacidad de no menos del 33%.
Sus regulaciones específicas se encuentran en el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, que regula la relación laboral especial de las personas con discapacidad que trabajan en centros especiales de empleo, en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, que regula los enclaves de empleo como un Medida para promover el empleo de personas con discapacidad y en el Real Decreto Ley 5/2006, de 9 de junio, para mejorar el crecimiento y el empleo.
Personal de alta dirección: son aquellos trabajadores que tienen autonomía y plena responsabilidad dentro de una empresa y que solo están delimitados por criterios e instituciones directas emanadas de órganos superiores de gobierno y administración que se refieren a la entidad titular.
Sus reglamentos específicos son el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral especial del personal de alta dirección. Servicio a domicilio: son los trabajos que proporciona el servicio doméstico en el hogar personal y / o familiar del empleador. Incluye tareas domésticas como limpieza, jardinería, atención a algunos miembros de la familia, etc. La remuneración salarial no puede ser inferior al salario interprofesional mínimo. De su normativa específica se encuentra en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, destaca la posibilidad de rescisión del empleo por retiro del empleador.
Penitenciaría en las instituciones penitenciarias: las personas que cumplen condenas de prisión en las cárceles pueden realizar una actividad laboral, que debe ser productiva y remunerada.
Sus reglamentos se encuentran en la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, de la Penitenciaría General.
Trabajadores portuarios (estibadores) que prestan servicios a través de empresas estatales o puertos administrados por comunidades autónomas: solo pueden ser contratados si se han registrado previamente en el registro especial de trabajadores portuarios, en la oficina de empleo.
Son contratos de carácter indefinido y, en caso de ser mantenidos con compañías de estibadores, constituyen una relación laboral común y no serían una relación de carácter especial.
Finalmente, el Estatuto de los Trabajadores establece que todo trabajo que se declare como tal por una norma también será una relación laboral de una naturaleza especial. Autor: Cambó
Características de Relación laboral
Asunto: trabajo-y-empleo.
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Recursos
Traducción de Relación laboral
Inglés: Labour relations Francés: Relation du travail Alemán: Beziehungen zwischen den Sozialpartnern Italiano: Relazioni industriali Portugués: Relações do trabalho Polaco: Stosunki pracy
Tesauro de Relación laboral
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Véase También
Acuerdo colectivo
Relación profesional
Notas y Referencias
Thesaurus de la Organización Internacional del trabajo.
Organización Internacional del trabajo.