Riesgo Fiscal
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho tributario o fiscal, en esta revista de aspectos jurídicos de la empresa.
Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la imposición en la empresa, sobre este tema.
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Te explicamos, en relación a los impuestos y otros aspectos tributarios, sobre las personas juridicas, qué es, sus características y contexto. La OCDE apuesta por extender la obligación de incluir en las cuentas anuales de las empresas los riesgos tributarios, para garantizar que la información fiscal que presentan las empresas es completa y correcta.
Riesgo Fiscal en Estados Unidos
En Estados Unidos, la Ley Sarbanes-Oxley obliga a adjuntar a las cuentas anuales un informe de los administradores sobre la fiabilidad de los controles internos de la compañía, entre los que incluye los riesgos tributarios. La Ley Sarbanes-Oxley y la norma contable FIN 48 garantizan que se controlen los riesgos fiscales. El control tributario de EE UU es tan exigente que existe una comisión en el congreso que investiga supuestas prácticas fiscales.
En el año 2014, el Congreso llamó a declarar a los primeros ejecutivos de las primeras compañías tecnológicas del país para que explicaran sus estrategias fiscales, cuestionadas en algunas jurisdicciones.
Riesgo Fiscal en Australia
La legislación australiana establece que para que las empresas sean consideradas socialmente responsables deben tener un plan detallado de riesgos fiscales.
Riesgo Fiscal en Holanda
En los Países Bajos, se ha establecido un sistema de relación cooperativa entre la autoridad fiscal y las compañías. De esta forma, las empresas que remitan a su Hacienda el plan detallado de riesgos fiscales recibirán un control menos exhaustivo.
Riesgo Fiscal en el Reino Unido
Cuestión: derecho-del-reino-unido. En el Reino Unido los directores financieros de las compañías cotizadas deben emitir un certificado con carácter anual asegurando la idoneidad de los sistemas de aplicación de impuestos y control de riesgos fiscales.
Riesgo Fiscal en España
Los miembros de los consejos de administración responden por las actuaciones fiscales de la empresa.
En caso de que la persona jurídica que dirigen no responda, la legislación permite derivar la responsabilidad contra los administradores. En mayo del 2014 se aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley (PL) por el que se modifica la Ley de Sociedades de Capital cuyo fin es mejorar el gobierno corporativo de las empresas. La norma fue sometida al trámite de audiencia tras su aprobación por el Gobierno en primera vuelta el pasado diciembre.
En ella se abordan aspectos como las remuneraciones de los consejeros, la duración de su mandato, nombramientos, las situaciones de conflictos de interés y los deberes de lealtad y diligencia de los administradores, entre otros aspectos. Las modificaciones de esta norma inciden sobre todo en las sociedades cotizadas, aunque también se introducen novedades de calado en todas las sociedades. La norma concibe el “riesgo fiscal” como un elemento dentro del gobierno corporativo. Establece que los consejos de administración deben aprobar las operaciones con riesgo tributario y comunicarlas a través de los informes de gobierno corporativo. De esta forma, Hacienda obligará a los ejecutivos de las grandes compañías a responsabilizarse de los riesgos tributarios frente a los accionistas.
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También les obliga a hacerlos públicos en el informe anual de gobierno corporativo que se difunde junto a las cuentas anuales. La norma, obligatoria para todas las empresas que cotizan en Bolsa, supone un cambio en la asunción de la responsabilidad fiscal de las empresas porque hasta ahora los responsables de los contenciosos tributarios eran los departamentos financieros.
A partir del 1 de enero se extenderá esa responsabilidad a los miembros del consejo.
Algunos estudios muestran que solo el 17% de las compañías refleja alguna mención a la estrategia tributaria adoptada por el grupo empresarial.
En el caso del Ibex 35, solo el 37% de las empresas publica alguna información sobre el riesgo tributario. Solo el 17% de las compañías refleja alguna mención a la estrategia tributaria adoptada por el grupo empresarial La Ley de Sociedades de Capital establece que entre “las materias indelegables del consejo de administración” figura la aprobación de las operaciones o inversiones que por su elevada cuantía tengan carácter estratégico o supongan un especial riesgo fiscal, según señala el artículo 295.
A partir de ahora, también es obligatorio que el consejo apruebe la creación o adquisición de participaciones en entidades domiciliadas en paraísos fiscales. Un estudio del Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa concluye que casi todas las firmas del Ibex tienen filiales en paraísos fiscales.
Ahora será obligatorio informar de las operaciones para constituir o adquirir sucursales en estos territorios. La consecuencia de esta norma es que los consejos de Administración de las sociedades cotizadas ya no podrán alegar que desconocían los detalles sobre determinadas operaciones fiscales que investiga la Agencia Tributaria. Los consejeros no podrán descargarse aduciendo que desconocían la política fiscal o que era responsabilidad de sus asesores.
En un caso extremo, los accionistas podrían ir contra el consejo de administración (o junta directiva) en el caso de que la sociedad cometiera alguna irregularidad tributaria. El texto de la ley también refuerza el papel de las comisiones de auditoría de las grandes compañías. Establece entre las obligaciones de estos departamentos de auditoría “el control y la supervisión de los sistemas de gestión de riesgos fiscales”.
Asimismo, la norma establece que estas comisiones que examinan las cuentas y el funcionamiento de la compañía “deberán informar con carácter previo al consejo de administración” sobre las inversiones que impliquen la creación o adquisición de participaciones de entidades en paraísos fiscales. La Ley obliga a los administradores a aprobar, sin posibilidad de delegar, "la determinación de la estrategia fiscal de la sociedad", así como "las operaciones de especial trascendencia fiscal". De esta forma, se refuerza la responsabilidad tributaria de los altos ejecutivos. Las medidas de esta norma afectarán al 80% de las sociedades mercantiles españolas, lo que según datos de 2013 suponen unas 977.380 sociedades, según la memoria de la norma que difundió Europa Press. El artículo 41 de la norma enumera cuáles son las "facultades indelegables" del consejo de administración.
Entre ellas incluye la siguiente: "La aprobación de las inversiones u operaciones de todo tipo que por su elevada cuantía o especiales características, tengan carácter estratégico o especial riesgo fiscal, salvo que su aprobación corresponda a la junta general". Además, en otro apartado del mismo artículo añade: "La determinación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales...". La norma considera que de ello depende no solo las cuentas financieras, sino también su imagen reputacional, que en muchos casos debe atender no solo a la normativa fiscal nacional sino a la de otras jurisdicciones. La norma entró en vigor el 24 de diciembre del 2014 y comenzó a aplicarse el 1 de enero del 2015.Afectará al 80% de las sociedades mercantiles españolas, lo que supone unas 977.300 empresas, según la memoria de la norma publicada durante su tramitación parlamentaria.