Riesgo Soberano o Riesgo País
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
En la Economía Internacional
El riesgo soberano se refiere a las circunstancias en las que los gobiernos incumplen los contratos de préstamo con los extranjeros, embargan los activos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) situados dentro de sus fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como "boundaries" en derecho anglosajón, en inglés) o impiden de otro modo que los titulares nacionales de capital extranjero cumplan con sus obligaciones.
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Dado que no existe ninguna autoridad supranacional que pueda hacer cumplir los contratos a través de las fronteras, cuando los soberanos deciden no cumplir los contratos con los inversores extranjeros, éstos tienen pocos recursos para recuperar sus pérdidas.
En consecuencia, las relaciones entre los inversores extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y los soberanos están dictadas principalmente por la voluntad de pago del soberano, más que por su capacidad de pago. Los gobiernos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) podrían convertirse en mejores riesgos crediticios si renuncian a la inmunidad soberana.
La doctrina legal de la inmunidad soberana puede interpretarse como una exención de los bienes de los gobiernos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) de la jurisdicción de los tribunales nacionales. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Históricamente, esta doctrina ha limitado a veces la capacidad de los acreedores para sancionar a los gobiernos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) que han incumplido.
Sin embargo, la doctrina ha evolucionado con el tiempo para conceder a los acreedores algún recurso contra los soberanos morosos. La historia está repleta de casos de impago de deuda soberana.
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Durante los siglos XIX y XX, en muchos casos los reembolsos de los préstamos a los soberanos estaban muy lejos de lo que se pedía en las obligaciones contractuales.
En la década de 1820, por ejemplo, América Latina experimentó una ola de impagos entre sus nuevos países independientes.
Muchos países latinoamericanos volvieron a incumplir en la década de 1870, al igual que Egipto y Turquía.
En la década de 1930, la mayoría de los deudores soberanos suspendieron el pago de intereses a raíz de la depresión mundial.
Sanciones y reputación
El riesgo de que un soberano no cumpla sus obligaciones con los inversores extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) se ve mitigado por dos factores: la amenaza de sanción y la pérdida de reputación.
Las sanciones directas pueden implicar costes significativos para los países que incumplen. Por ejemplo, las sanciones podrían adoptar la forma de interceptar los pagos que el soberano podría hacer a los exportadores o los pagos que podría recibir de los importadores.
Los exportadores potenciales al país podrían entonces estar menos dispuestos a suministrar al país deudor, sabiendo que su compensación podría ser interceptada.
En general, sin embargo, la ganancia neta para los acreedores de las sanciones será menor que el coste para el deudor.
En los modelos teóricos de endeudamiento soberano con sanciones, el importe óptimo del préstamo se ve limitado por el coste de la sanción: las partes del contrato de deuda redactan un contrato compatible con los incentivos que nunca obliga al soberano a realizar un pago a los acreedores extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) que supere el coste de la sanción. Esta restricción de compatibilidad de incentivos hace que se concedan menos préstamos de los que se concederían en un mundo en el que ningún país dejara de pagar. Una implicación de esta línea teórica es que unas sanciones más fuertes y creíbles permitirían a los soberanos aumentar la cantidad de sus préstamos. Las consideraciones de reputación ofrecen otro motivo para que los soberanos cumplan sus obligaciones con los inversores extranjeros. Un soberano puede optar por pagar para mantener el acceso a los mercados internacionales de capital en condiciones favorables. Esta idea se articuló en un trabajo que mostraba formalmente las condiciones en las que los países pagan sus deudas para preservar su reputación de reembolso.
En trabajos posteriores se cuestionó si las consideraciones relativas a la reputación bastaban por sí solas para mantener los préstamos internacionales en ausencia de sanciones efectivas. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si los países que incumplen son capaces de obtener un rendimiento de mercado de sus ahorros en el extranjero, podrían, en teoría, pedir un préstamo, invertir los fondos en el extranjero, incumplir el préstamo y utilizar el producto de sus inversiones en el extranjero para financiar las oportunidades de inversión nacionales a perpetuidad. Los modelos de reputación de los préstamos internacionales fueron revividos a finales de los años 90. Algunos economistas sostuvieron que la reputación por sí sola puede apoyar los préstamos internacionales si los efectos indirectos de la reputación son lo suficientemente importantes.
También señalaron que los soberanos participan en muchas relaciones diferentes. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si reniegan de una de esas relaciones, el daño puede tener consecuencias adversas para otras relaciones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si los efectos indirectos son lo suficientemente importantes y duran lo suficiente, las consideraciones de reputación no pueden por sí solas respaldar los préstamos y empréstitos internacionales, sin recurrir a la amenaza de sanciones directas.
En general, sin embargo, si los países con un mal historial crediticio pueden pedir préstamos en el extranjero sin temor a que sus activos sean confiscados, la amenaza de pérdida de reputación se convierte en un factor menos importante para disuadir el incumplimiento.
Causas y consecuencias del riesgo de impago
Se ha comprobado que varios factores influyen en la probabilidad de impago soberano.
Detalles
Los datos históricos sugieren que la prima de riesgo de la deuda externa (sobre el rendimiento de los bonos del Tesoro de EE.UU.
O de las consolas británicas) aumenta con el tamaño del déficit comercial y del déficit presupuestario de un país.
Además, las consideraciones políticas internas influyen: los países que responden a una crisis subiendo los impuestos o recortando el gasto tienen menos probabilidades de caer en el impago. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se ha comprobado que las crisis externas graves precipitan el impago.
Además, la relación entre la deuda y las exportaciones y el deterioro de la relación de intercambio parecen influir en la probabilidad de impago.
En general, las circunstancias internas y externas de un país influyen en el riesgo soberano. Las consecuencias tangibles del impago soberano han resultado difíciles de descubrir. Varios economistas examinaron los datos de los 10 principales países deudores entre 1850 y 1970 y descubrieron que, por término medio, los préstamos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) obtuvieron una mayor rentabilidad que los nacionales en Estados Unidos y el Reino Unido.
Otros analizaron los datos sobre las emisiones de bonos en la década de 1920 y descubrieron que, en el caso de los bonos emitidos en Londres, los préstamos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) obtuvieron un rendimiento superior al de los bonos británicos contemporáneos.
En el caso de los préstamos originados en Estados Unidos, los préstamos en el extranjero obtuvieron una rentabilidad sólo ligeramente inferior a la de los títulos del Tesoro de Estados Unidos.
Los rendimientos reales de los préstamos en el extranjero compensaron a los inversores británicos y estadounidenses por la suspensión de pagos y las depreciaciones del principal. Cuando los países incumplen, ¿se les niega el acceso a los mercados internacionales de capitales? En este caso, los datos son algo contradictorios.
Los países que no incurrieron en impago en los años 30 no parecen haber obtenido un mayor acceso al capital internacional en los años 30, o tras la Primera Guerra Mundial. Una revisión de la evidencia histórica sugiere que hay pocas pruebas, si es que hay alguna, que sugieran que el volumen de fondos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) que un soberano podía pedir prestado se viera afectado negativamente por un historial de impagos anteriores. ¿Por qué los prestamistas siguen prestando a países que tienen un historial de impagos? Los prestamistas suelen tener dudas sobre las características de los prestatarios.
En consecuencia, la nueva información sobre los prestatarios puede tener un gran impacto en los préstamos.
En el caso de los países, un cambio creíble en el régimen político puede anular la influencia de un historial de impagos. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si un país cambia su régimen para centrarse en la estabilidad económica y en políticas monetarias y fiscales sólidas, la historia sugiere que los prestamistas estarán dispuestos a conceder más créditos. Datos verificados por: Brooks
Riesgo Soberano o Riesgo País
En inglés: Sovereign Risk Se origina por las condiciones políticas, económicas y sociales de un determinado país y afecta a todos los activos que un acreedor tiene en dicho país. Este riesgo comprende, a su vez, el riesgo soberano (ineficacia de las acciones legales sobre el deudor de otro país) y el riesgo de transferencia (imposibilidad de que el deudor pueda cancelar su deuda por no disponer el país de la divisa necesaria). Es el que afronta una nación que en un momento dado tenga problemas de transferencia de las divisas al exterior, que tenga problemas de convertibilidad de las mismas, o sea que sus pesos no los pueda convertir a dólares porque no los tiene. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Siempre que se realice una transacción en un país con dólares existe el riesgo. Autor: Cambó
Introducción: Riesgo Soberano
Concepto de Riesgo Soberano en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Incertidumbre implícita en los préstamos realizados a los gobiernos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) o a las agencias gubernamentales.
Riesgo Empresarial
Junto al riesgo de mercado [pérdidas que se tienen cuando cambian las tasas de interés, cuando se cae la bolsa de valores, porque las acciones ya no valen lo mismo los factores de mercado son: tasas, monedas y precios], Azar moral[el riesgo que asumen las entidades financieras, al no conocer las verdaderas intenciones de un deudor, aunque también puede aplicarse al referido a los incentivos que tienen los depositantes y directivos para asumir un riesgo mayor], Redimensionamiento [como consecuencia de los procesos de concentración llevados a cabo en el sector bancario y abarca desde los problemas de desarraigo y dilución de la cultura de empresa, hasta los problemas de integración operacional tras el proceso de concentración], otras clases de riesgos que afectan la industria financiera incluye el riesgo emisor [cuando una entidad emite un papel], está, entre otros, el Riesgo Soberano. Autor: Cambó
Riesgo Soberano en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Riesgos
Véase una definición de riesgo soberano en el diccionario y también más información relativa a riesgo soberano.Tema: riesgos. Datos verificados por: Brooks
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Véase También
información asimétrica; contagio económico, crisis monetaria, arquitectura financiera internacional, crisis de la deuda, deuda latinoamericana; pecado original; problema del peso; spillovers