Seguro de Vida en el Siglo XX
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Seguro de Vida en Estados Unidos: 1900 a 1920
Las principales compañías de seguros de vida se expandieron rápidamente en el mercado mundial (o global) ya en el siglo XIX (véase más detalles sobre este período). Aunque numerosas empresas se aventuraron en el extranjero ya en las décadas de 1860 y 1870, el crecimiento internacional más rápido se produjo entre 1885 y 1905.
En 1900, la Equitable Life Assurance Society ofrecía seguros en casi 100 naciones y territorios, la New York Life en casi 50 y la Mutual en unos 20.
Los ingresos por primas internacionales (excluyendo Canadá) de estas tres grandes compañías de seguros de vida ascendían a casi 50 millones de dólares en 1905, cubriendo más de 1.000 millones de dólares de seguros en vigor.
La investigación del Comité Armstrong
En respuesta a una multitud de artículos periodísticos que describían los gastos extravagantes y los sobornos políticos de los ejecutivos de la Equitable Life Assurance Society -todo ello a expensas de sus asegurados-, el superintendente Francis Hendricks, del Departamento de Seguros de Nueva York, llevó a cabo a regañadientes una investigación de la compañía en 1905. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Su informe corroboró estas acusaciones e hizo que la legislatura neoyorquina creara un comité especial, conocido como el Comité Armstrong, para examinar la conducta de todas las compañías de seguros de vida que operaban en el estado. El futuro presidente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Charles Evans Hughes, fue nombrado jefe de la investigación. Entre los abusos descubiertos por el comité se encontraban los directorios interconectados, la creación de instituciones financieras subsidiarias para evadir las restricciones a las inversiones, el uso de la votación por poder para frustrar el control de los asegurados sobre las mutuas, los gastos ilimitados de las empresas, el enorme gasto en actividades de lobby, el reembolso (la práctica de devolver a un nuevo cliente una parte de su primera prima como incentivo para que contrate una póliza), el fomento de la caducidad de las pólizas y la aprobación de la "tergiversación" (una práctica por la que los agentes tergiversan y difaman a las empresas rivales para convencer a un asegurado de que sacrifique su póliza existente y la sustituya por una de ese agente).
Además, el comité reprendió duramente al Departamento de Seguros de Nueva York por permitir que se produjeran esas malas prácticas y recomendó la promulgación de una amplia gama de medidas de reforma. Estas revelaciones indujeron a otros muchos estados a realizar sus propias investigaciones, como Nueva Jersey, Massachusetts, Ohio, Missouri, Wisconsin, Tennessee, Kentucky, Minnesota y Nebraska.
Nueva normativa
En 1907, la legislatura de Nueva York respondió al informe del comité emitiendo una serie de estrictas regulaciones que especificaban las inversiones aceptables, limitaban las prácticas de los grupos de presión y las contribuciones a las campañas, democratizaban la gestión mediante la eliminación del voto por poder, estandarizaban los formularios de las pólizas y limitaban las actividades de los agentes, incluyendo el reembolso y la tergiversación.
Sin embargo, lo más devastador para el sector fue la prohibición de las pólizas de dividendos diferidos y la exigencia de pagos regulares de dividendos a los asegurados.
Otros diecinueve estados siguieron el ejemplo de Nueva York y adoptaron una legislación similar, pero el dominio de Nueva York en el sector de los seguros le permitió ejercer una influencia considerable sobre un gran porcentaje de la industria. El Estado invocó la Regla Appleton, una norma administrativa de 1901 ideada por el Superintendente Adjunto de Seguros de Nueva York, Henry D. Appleton, que obligaba a las compañías de seguros de vida a cumplir la legislación neoyorquina tanto en Nueva York como en todos los demás estados en los que realizaban actividades, como condición para hacer negocios en Nueva York.
Como reconoció inmediatamente el comisionado de seguros de Massachusetts, en cierto sentido la supervisión de Nueva York era una supervisión nacional, ya que sus compañías hacen negocios en todos los estados.
La norma se incorporó oficialmente a las leyes de seguros de Nueva York en 1939 y se mantuvo vigente y muy eficaz hasta la década de 1970.
Crecimiento continuado a principios del siglo XX
Las audiencias de Armstrong y la legislación subsiguiente renovaron la confianza del público en la seguridad de los seguros de vida, lo que dio lugar a una oleada de nuevas organizaciones de compañías que no se veía desde la década de 1860.
Mientras que en 1904 sólo existían 106 compañías, en los diez años que van de 1905 a 1914 se crearon otras 288.
Los seguros de vida en vigor también aumentaron rápidamente, pasando de 20.000 millones de dólares en vísperas de las audiencias a casi 46.000 millones al final de la Primera Guerra Mundial, mientras que la parte asegurada por las sociedades fraternales y de tasación disminuyó del 40% a menos de una cuarta parte.
El seguro de grupo
Una de las principales innovaciones que se produjeron durante estas décadas fue el desarrollo de los seguros colectivos.
En 1911, la Equitable Life Assurance Society suscribió una póliza que cubría a los 125 empleados de la Pantasote Leather Company y que no requería ni solicitudes individuales ni exámenes médicos. Al año siguiente, la Equitable organizó un departamento de grupos para promover este nuevo producto y pronto aseguró a los empleados de Montgomery Ward Company.
En 1919, 29 compañías suscribían pólizas colectivas, lo que suponía más de 500 millones de dólares en seguros de vida en vigor.
El seguro de riesgo de guerra
También hay que tener en cuenta el seguro de riesgo de guerra emitido por el gobierno de Estados Unidos durante la Primera Guerra Mundial. A partir de abril de 1917, todo el personal militar en activo recibió una póliza de seguro de 4.500 dólares pagadera por el gobierno federal en caso de muerte o invalidez.
En octubre de ese mismo año, el gobierno comenzó a vender seguros de vida e invalidez a bajo costo, sin examen médico, a todos los miembros activos del ejército. El seguro de riesgo de guerra demostró ser extremadamente popular durante la guerra, llegando a tener más de 40.000 millones de dólares de seguro de vida en vigor en 1919.
.
Después de la guerra, estas pólizas a plazo disminuyeron rápidamente a menos de 3.000 millones de dólares de seguros de vida en vigor, y muchos militares recurrieron en cambio a las pólizas de vida entera ofrecidas por las sociedades anónimas y las mutuas. Al igual que después de la Guerra Civil, las ventas de seguros de vida aumentaron drásticamente tras la Primera Guerra Mundial, alcanzando un máximo de 117.000 millones de dólares de seguros en vigor en 1930.
En vísperas de la Gran Depresión existían más de 120 millones de pólizas de seguro de vida, lo que equivale aproximadamente a una póliza por cada hombre, mujer y niño que vivía en Estados Unidos en aquella época. Datos verificados por: Conrad Tema: historia-economica. Tema: historia-empresarial.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Contrato de Seguro, Práctica del Derecho de Seguros de Vida, Derecho General de Seguros, Póliza de Seguro, Seguros de Vida Contrato de Seguro, Derecho de Seguros, Guía de Principios y Práctica del Derecho de Seguros de Vida, Guía de Principios y Práctica del Derecho General de Seguros, Póliza de Seguro, Seguros, Seguros de Vida,