Sin Garantía
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Se refiere a un préstamo, u otra forma de crédito, que no está garantizado por ningún colateral. Por lo tanto, ese crédito ha sido concedido únicamente contra la sola firma del beneficiario.
Un crédito sin garantía se otorga después de un análisis cuidadoso del balance del cliente, de sus índices financieros, sus referencias, y un examen detallado de la experiencia que el banco tuvo al negociar con el pasado.