Sindicalismo
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Sindicalismo: Introducción al Concepto Jurídico
De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto:
El sindicalismo es la doctrina que defiende el control obrero de la industria por medio de los sindicatos.
Se desarrolló en Francia a mediados del siglo XIX, y desde allí se extendió a otros países. Originariamente postulaba que los empresarios capitalistas debían ser depuestos por medios revolucionarios y que los obreros, organizados en sindicatos, debían gobernar y dirigir las industrias. Las doctrinas sindicalistas originaron el movimiento económico-político de los trabajadores en defensa de sus derechos, para obtener mejores salarios y condiciones de trabajo.
El sindicalismo ha adoptado diversos matices según la ideología (socialista, anarquista, cristiana, liberal, pacifista, etc.) dominante en cada caso. Históricamente, el sindicalismo ha sido un factor decisivo para el logro de condiciones de trabajo más justas y humanas para la clase obrera.
Más sobre el Significado Político de Sindicalismo
.
Sindicalismo en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Sindicalismo es: Escuela político-económica que puede considerarse una rama del socialismo moderno que consideraba al gremio o sindicato industrial como la célula y la base de la futura organización económica.
Sus definidores fueron Tom Mann en Inglaterra Rosmer Monmousseau y Mohatte en Francia Angel Pestaña en España y William D. Haywood en los Estados Unidos. La figura más conspicua del sindicalismo literario y filosófico fue Georges Sorel. La doctrina aunque nacida con algún vigor tuvo pocos adeptos y prácticamente ha desaparecido de la ideología socialista contemporánea. .
Sindicalismo
Sindicalismo, movimiento revolucionario que defendía que el control del gobierno y la industria debía estar en manos de los sindicatos, lo que se lograría mediante acciones directas como huelgas generales y sabotajes.
Según una segunda acepción, muy común en Francia -país donde apareció este término-, el sindicalismo es sinónimo de la acción de sindicarse o de afiliarse a un sindicato, mientras que la asociación de trabajadores revolucionarios se denomina sindicalismo revolucionario.
En la práctica, se considera que los sindicatos son instrumentos que han de servir para mejorar las condiciones de los trabajadores dentro de la organización social existente.
Sin embargo, el sindicalismo busca la creación de una sociedad sin Estado, donde la producción se destina a satisfacer las necesidades de la comunidad y no a obtener beneficios. Esta producción sería gestionada por sindicatos y asociaciones empresariales autogobernadas por los trabajadores.
Así, el sindicalismo acepta la teoría marxista de la lucha de clases, que culminará en la propiedad colectiva de los bienes y los medios de producción, aunque rechaza el concepto marxista de una dictadura del proletariado.
En este sentido, el sindicalismo acepta el concepto anarquista de que cualquier forma de gobierno centralizado es indeseable.
Las doctrinas que podrían considerarse como marxistas fueron desarrolladas en Londres en la década de 1860 por Karl Marx y presentadas en la inauguración de la Internacional, o Primera Internacional socialista, en Ginebra en 1866. El revolucionario ruso Mijaíl Alexándrovich Bakunin desarrolló estas teorías bajo sus postulados anarquistas y fue expulsado de la Internacional en 1872.
Sin embargo, el verdadero sindicalismo surgió en Francia a finales de la década de 1870. Estaba muy influenciado por la obra del anarquista francés Pierre Joseph Proudhon y por la del filósofo social francés Georges Sorel, quien añadió la idea de la acción violenta.
En la década de 1890, dos organizaciones sindicalistas francesas, la Confédération Générale du Travail (Confederación General del Trabajo) y la Fédération des Bourses du Travail (Federación de Intercambios Laborales), fueron ganando apoyos; terminaron fusionándose en 1902. El movimiento alcanzó su máximo esplendor antes de la I Guerra Mundial.
En Inglaterra, durante este mismo periodo, existía un movimiento análogo, el socialismo corporativo, que tuvo cierta importancia.
El encarcelamiento de algunos pacifistas y sindicalistas durante la I Guerra Mundial y la posterior conversión de muchos sindicalistas al comunismo durante la década de 1920 redujo la efectividad del movimiento.
Solamente en España, donde la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) logró tener afiliados a un millón de trabajadores, siguió creciendo el movimiento sindicalista. El sindicalismo español defendió la causa republicana durante la Guerra Civil, pero fue exterminado con la victoria fascista de 1939. A partir de entonces, el sindicalismo se redujo a una utopía (idealista, irreal: derivado del griego "u-topos", significa "ningún lugar así") intelectual.
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Noción de Sindicalismo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de sindicalismo, la siguiente definición: Organización de los trabajadores a través de sindicatos; también llamado movimiento sindical. Desarrollado con carácter general a partir de la Revolución industrial, el movimiento sindical tuvo sus primeras manifestaciones en España a mediados del siglo XIX con las primeras asociaciones obreras (Sociedad de Tejedores de 1840, Sociedad de las Tres Clases de Vapor, también llamada Unión de las Tres Clases, creada en los años cincuenta) y empezó a consolidarse a finales de esa centuria con la fundación de la UGT (1888). El inicio del siglo XX abrió un período de rápido crecimiento durante el cual surgieron nuevas organizaciones (CNT en 1910, ELA-STV en 1911) y se alcanzaron récords de afiliación (más de dos millones de afiliados, en conjunto, durante la Segunda República).
Con el Régimen de Franco (1939-1975) fue suprimida la libertad sindical y creada la Organización Sindical Española (Sindicato Vertical) en sustitución de las organizaciones libres, pero los antiguos sindicatos fueron resurgiendo de forma gradual y desde finales de los años cincuenta se formaron nuevas organizaciones (CC.OO., USO, principalmente), que actuaron en situación de clandestinidad o mera tolerancia hasta 1977, en que se reconoció de nuevo ese derecho.
Con la nueva situación creada tras la aprobación de la Constitución de 1978 y la normalización de la vida política y social, se abrió un proceso de desaparición de buen número de organizaciones minoritarias, concentración progresiva en las de mayor audiencia, y creación de sindicatos profesionales, de sector (CSIF en la función pública, SOC en el campo) o de Comunidad autónoma (CêG en Galicia). Hoy en día los rasgos más sobresalientes del movimiento sindical español son los siguientes: existencia de dos grandes confederaciones de ámbito nacional (CC.OO. y UGT) junto a otras varias de menor implantación (USO, CGT, CNT) y algunas de gran influencia en ciertas Comunidades autónomas (ELA-STV en el País Vasco, CIG en Galicia) o en el sector público (CSIF); baja tasa de afiliación y escasez de los recursos procedentes de cuotas sindicales, lo que ha supuesto la búsqueda de subvenciones y cesiones de bienes inmuebles (patrimonio sindical); estrategia reformista y negociadora, consistente en arrancar reformas sociales a los poderes públicos mediante la concertación social y el diálogo, y negociar mejoras de condiciones de trabajo con los empresarios; centralización acusada, conjugada con el peso específico de algunas federaciones de industria o sindicatos de sector; y progresivo distanciamiento de los sindicatos respecto de los partidos políticos con los que tradicionalmente han mantenido lazos de fraternidad (PSOE, PCE). La mayor parte de las grandes confederaciones sindicales españolas están afiliadas a organizaciones sindicales internacionales.
Sindicalismo
Describe la enciclopedia Rialp, sobre sindicalismo lo siguiente:El término sindicalismo abarca un contenido cuya interpretación admite restricciones sucesivas.
En la más amplia equivale a acción sindical, al desarrollo de las actividades de un sindicato (véase esta voz en la plataforma digital) concreto o un grupo de ellos; más restrictivamente se refiere a la conducta política de los sindicatos o sus grupos; y más estrictamente todavía, indica la teoría política que pretende sustituir los mecanismos y organismos estatales, atribuyendo sus funciones a otros de tipo sindical. Nos vamos a ocupar aquí del sindicalismo entendido en estos sentidos más restrictivos, remitiendo por lo que se refiere a la acción sindical en general y a las internacionales sindicales a la voz SINDICATO.
La doctrina sindicalista pura
El fenómeno asociativo que es el sindicato y la homogeneidad de sus miembros produce un ambiente favorable al proselitismo. Esta circunstancia fue advertida por los fundadores del socialismo (véase esta voz en la plataforma digital) militante, de ahí la tendencia socialista y socialdemócrata -estudiada por Tannembaum- a adueñarse de los sindicatos. Friedmann y Tréanton han analizado esta expansión de la politización sindical, que adultera los fines del sindicato, que se convierte en instrumento político al servicio de los partidos, utilizando sus masas como base para el suministro de los votos precisos para la evolución democrática de los países o para el triunfo de los respectivos partidos.
Más Detalles
Estos hechos y la ineficacia de la política para resolver las cuestiones sociales, sugirieron a Georges Sorel (véase esta voz en la plataforma digital) el pensamiento de convertir el sindicato, de mero instrumento de los partidos, en director y ejecutor de la acción del Estado, al que sustituiría. La ideología de Sorel tiene dos frentes, el crítico y el constructivo. El primero arranca de la negación de eficacia de toda acción política, exaltación, dice Legaz Lacambra, de una situación individualísima, de carácter vital, que llega a lo irracional, al negar eficacia para el futuro a cualquier pensamiento político, por ser producto de una singularidad histórica y circunstancial. Esta negación de las ideologías políticas no significa la aceptación del materialismo histórico elaborado por Marx: contrariamente a él, considera que la revolución (véase esta voz en la plataforma digital) exige una carga de idealismo y niega que la revolución pueda ser consecuencia única del enfrentamiento de la proletarización y la concentración capitalista, hecho que, dice, no se produce fatalmente. Por otra parte, critica Sorel la democracia, por la falta de confianza que la mayoría le merece, ya que -dice- carece de criterio para adoptar decisiones y por la ineficacia que atribuye a sus representantes, al estar condicionados por la necesidad de asegurarse la fidelidad de sus electores. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Vivimos -añade- una estructura social ficticia,asentada en un simulacro de libertad inexistente dada la necesidad del consumidor de acudir a los monopolios, para proveerse de mercancías y servicios precisos para subsistir. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Todo ello está amparado por un Estado qué impone coactivamente semejante sociedad política. Aniquilar esa sociedad debe ser -concluye- función propia de los sindicatos, no para modificar el Estado, sino para conquistarlo y sustituirlo.
Más Detalles
La parte constructiva de la teoría de Sorel tiene menor detalle: el nuevo Estado sindical actúa mediante congresos y comités; un régimen jurisdiccional desplaza al vigente y sanciona, normalmente con la expulsión del país, a los transgresores; las milicias sindicales son la fuerza ejecutiva y los sindicatos sustituyen a las empresas y dirigen y ordenan el trabajo colectivo. El totalitarismo estatal y un utópico (idealista, irreal; el término procede del libro "Utopía" de Sir Thomas More, que imagina una sociedad perfecta pero inalcanzable) colectivismo, en los que quedan ausentes las necesarias libertades reales, parecen a veces empapar su teoría, que en este punto no queda clara de todas formas.
Más Detalles
El tránsito de un estado a otro se realizaría combativamente por las masas, entrenadas en huelgas y violencias, que culminan en la huelga general revolucionaria en la llamada «noche grande». La exaltación de la violencia es esencial en el pensamiento soreliano, como expuso en su obra ya clásica Reflexiones sobre la violencia (1907) inspiradora de su ideología para la acción sindical.
Más Detalles
Otro curioso instinto de Sorel es su aversión hacia el intelectual, del que desconfía, siendo él ingeniero e intelectual destacado. Así este sindicalismo radical hace suyo el «mito» de la violencia (véase esta voz en la plataforma digital), que le lleva a proclamar la táctica de la «acción directa» como única vía útil para el logro de sus objetivos, rechazando cualquier otra dialéctica, incluso la parlamentaria.
Más Detalles
Teórico del sindicalismo es también el español Ledesma Ramos (véase esta voz en la plataforma digital), que tituló a su ideario con el nombre de nacionalsindicalismo. Y, finalmente, Mussolini (véase esta voz en la plataforma digital), que depende de los dos anteriores, y especialmente de Sorel. Otros autores han ideado soluciones políticas a través de la politización sindical. Duguit (véase esta voz en la plataforma digital) proyectó una sindicalización de funcionarios, mediante una descentralización de servicios a los que aquéllos quedarían afectos, dejando su sumisión a la soberanía estatal (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Berth consideró la acción política determinada por lo «universal abstracto», que representa al Estado, y la «particularidad sensible», del orden individual, produciéndose la ausencia en la participación política de lo «universal concreto», correspondiente a la vida colectiva del trabajo y más importante, a su juicio, que los demás ambientes, omisión que pretende subsanar mediante una activa participación sindical en la política.
Sindicalismo
Describe la enciclopedia Rialp, sobre sindicalismo, lo siguiente:
Sindicalismo y movimientos sindicales
El sindicalismo puro influyó en los movimientos sindicales al ser aceptados sus principios en el Congreso de Amiens (1906), al que acudieron más de un millar de sindicales, que determinaron coleo su propio fin inmediato mejorar las condiciones de trabajo, pero señalaron que el último fin perseguido era la expropiación capitalista, precisa para su emancipación integral, lo que exige la solidaridad de los obreros y la huelga general, tras de la cual los sindicatos se erigen en rectores de la producción económica y la distribución de la renta, para una justa reorganización social.
Como se ve, hay en esto una tendencia totalitaria y colectivista, al pretender un sindicato u organización sindical única, sustitutiva del Estado.
Aspectos Adicionales
Junto a esa declaración de fines, la Carta de Amiens, elaborada por el sindicalista Grifuelhes, dejó trazada la táctica de la C.G.T. francesa, que habría de influir extraordinariamente en casi todo el mundo. El Congreso señaló el carácter apolítico de la C.G.T., concebida como una reunión de trabajadores conscientes de la lucha de clases, a los que se declara en libertad para cualquier encuadramiento político, pero sin pretender llevar sus ideologías al seno del sindicato. El fin perseguido por el sindicalismo exige la lucha contra el patronato y la propaganda antipatriótica y antimilitarista, intensa y audaz.
En esto coincidían en gran parte con el anarquismo (véase esta voz en la plataforma digital) y algunos de los llamados sindicatos libres, que por otra parte eran encarnizados enemigos del sindicalismo político.
Aspectos Adicionales
La fuerza política superó aquellos designios; los sindicatos sacrificaron su independencia y siguieron, con excepciones, acatando la dirección de los grupos políticos a que se vincularon. Posteriormente se observa en algunos países la inversión en tal dirección política. Es especialmente evidente en el Reino Unido, donde las Trade Unions, más que subordinadas a las decisiones del laborismo (v.
SOCIAL-DEMOCRACIA), influyen sobre él.
En Estados Unidos los sindicatos tomaron posiciones independientes, no vinculándose a grupos políticos, y apoyan o combaten a aquéllos, siguiendo la doctrina del dirigente Gompers de ayudar a los amigos y combatir a los enemigos, según la conducta seguida por los políticos con las organizaciones sindicales.
Aspectos Adicionales
Se insiste, no obstante, en la frecuente afección de los sindicatos a los grupos políticos que, según Martín Brugarola, obedece a que los intereses profesionales se tratan a nivel de la Administración pública, lo que exige la politicidad sindical.
Los autores hispanoamericanos son tolerantes con la acción política sindical; así Deveali y Mario de la Cueva, indudablemente influidos por la experiencia política de sus propios países. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase: Sindicato; Internacional, La; Derecho Sindical; Legislación Social; Derecho del Trabajo; Obrero; trabajador.
Definición de Sindicalismo en Ciencias Sociales
Asunto: home-ciencias-sociales.
Doctrina política que aboga por la propiedad y el control por parte de los trabajadores de los recursos productivos de una sociedad. El sindicalismo surge en Francia a finales del siglo XIX y fue influyente en gran parte de Europa. El sindicalismo ('syndicat' es un término latino-francés para 'sindicato') se fundó sobre la idea de que las organizaciones de trabajadores dentro de cualquier industria o servicio particular proporcionaban la base organizativa para la dirección y administración de los medios de producción sobre principios colectivos y cooperativos. Los sindicalistas preveían un derrocamiento revolucionario, pero en gran medida no violento, de la propiedad privada y que los trabajadores se hicieran cargo de la propiedad y el control. La estructura de poder resultante sería altamente descentralizada, con cada industria y servicio siendo propiedad de y dirigida por los trabajadores involucrados dentro de ella. El sindicalismo preveía que la revolución social se lograría mediante la completa unificación de los trabajadores dentro de cada sector de la economía y, por lo tanto, se oponía a la estructura artesanal de los sindicatos tradicionales y abogaba por un sindicalismo industrial que reuniera a todos los trabajadores de cada industria en una organización colectiva. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase también: SINDICATOS DE ARTESANOS, UN GRAN SINDICATO. (En general, aplicable a Canadá)
Revisor: Lawrence
Sindicalismo en Relación a Política
En este contexto, a efectos históricos puede ser de interés lo siguiente: [1] El término sindicalismo abarca un contenido cuya interpretación admite restricciones sucesivas.
En la más amplia equivale a acción sindical, al desarrollo de las actividades de un sindicato (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) concreto o un grupo de ellos; más restrictivamente se refiere a la conducta política de los sindicatos o sus grupos; y más estrictamente todavía, indica la teoría política que pretende sustituir los mecanismos y organismos estatales, atribuyendo sus funciones a otros de tipo sindical. Nos vamos a ocupar aquí del sindicalismo entendido en estos sentidos más restrictivos, remitiendo por lo que se refiere a la acción sindical en general y a las internacionales sindicales a la voz SINDICATO. La doctrina sindicalista pura. El fenómeno asociativo que es el sindicato y la homogeneidad de sus miembros produce un ambiente favorable al proselitismo. Esta circunstancia fue advertida por los fundadores del socialismo (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) militante, de ahí la tendencia socialista y socialdemócrata -estudiada por Tannembaum- a adueñarse de los sindicatos. Friedmann y Tréanton han analizado esta expansión de la politización sindical, que adultera los fines del sindicato, que se convierte en instrumento político al servicio de los partidos, utilizando sus masas como base para el suministro de los votos precisos para la evolución democrática de los países o para el triunfo de los respectivos partidos. Estos hechos y la ineficacia de la política para resolver las cuestiones sociales, sugirieron a Georges Sorel (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) el pensamiento de convertir el sindicato, de mero instrumento de los partidos, en director y ejecutor de la acción del Estado, al que sustituiría. La ideología de Sorel tiene dos frentes, el crítico y el constructivo. El primero arranca de la negación de eficacia de toda acción política, exaltación, dice Legaz Lacambra, de una situación individualísima, de carácter vital, que llega a lo irracional, al negar eficacia para el futuro a cualquier pensamiento político, por ser producto de una singularidad histórica y circunstancial. Esta negación de las ideologías políticas no significa la aceptación del materialismo histórico elaborado por Marx: contrariamente a él, considera que la revolución (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) exige una carga de idealismo y niega que la revolución pueda ser consecuencia única del enfrentamiento de la proletarización y la concentración capitalista, hecho que, dice, no se produce fatalmente. Por otra parte, critica Sorel la democracia, por la falta de confianza que la mayoría le merece, ya que -dice- carece de criterio para adoptar decisiones y por la ineficacia que atribuye a sus representantes, al estar condicionados por la necesidad de asegurarse la fidelidad de sus electores. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Vivimos -añade- una estructura social ficticia,asentada en un simulacro de libertad inexistente dada la necesidad del consumidor de acudir a los monopolios, para proveerse de mercancías y servicios precisos para subsistir. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Todo ello está amparado por un Estado qué impone coactivamente semejante sociedad política. Aniquilar esa sociedad debe ser -concluye- función propia de los sindicatos, no para modificar el Estado, sino para conquistarlo y sustituirlo. La parte constructiva de la teoría de Sorel tiene menor detalle: el nuevo Estado sindical actúa mediante congresos y comités; un régimen jurisdiccional desplaza al vigente y sanciona, normalmente con la expulsión del país, a los transgresores; las milicias sindicales son la fuerza ejecutiva y los sindicatos sustituyen a las empresas y dirigen y ordenan el trabajo colectivo. El totalitarismo estatal y un utópico (idealista, irreal; el término procede del libro "Utopía" de Sir Thomas More, que imagina una sociedad perfecta pero inalcanzable) colectivismo, en los que quedan ausentes las necesarias libertades reales, parecen a veces empapar su teoría, que en este punto no queda clara de todas formas. El tránsito de un estado a otro se realizaría combativamente por las masas, entrenadas en huelgas y violencias, que culminan en la huelga general revolucionaria en la llamada «noche grande». La exaltación de la violencia es esencial en el pensamiento soreliano, como expuso en su obra ya clásica Reflexiones sobre la violencia (1907) inspiradora de su ideología para la acción sindical. Otro curioso instinto de Sorel es su aversión hacia el intelectual, del que desconfía, siendo él ingeniero e intelectual destacado. Así este sindicalismo radical hace suyo el «mito» de la violencia (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general), que le lleva a proclamar la táctica de la «acción directa» como única vía útil para el logro de sus objetivos, rechazando cualquier otra dialéctica, incluso la parlamentaria. Teórico del sindicalismo es también el español Ledesma Ramos (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general), que tituló a su ideario con el nombre de nacionalsindicalismo. Y, finalmente, Mussolini (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general), que depende de los dos anteriores, y especialmente de Sorel. Otros autores han ideado soluciones políticas a través de la politización sindical. Duguit (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) proyectó una sindicalización de funcionarios, mediante una descentralización de servicios a los que aquéllos quedarían afectos, dejando su sumisión a la soberanía estatal (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Berth consideró la acción política determinada por lo «universal abstracto», que representa al Estado, y la «particularidad sensible», del orden individual, produciéndose la ausencia en la participación política de lo «universal concreto», correspondiente a la vida colectiva del trabajo y más importante, a su juicio, que los demás ambientes, omisión que pretende subsanar mediante una activa participación sindical en la política. Sindicalismo y movimientos sindicales. El sindicalismo puro influyó en los movimientos sindicales al ser aceptados sus principios en el Congreso de Amiens (1906), al que acudieron más de un millar de sindicales, que determinaron coleo su propio fin inmediato mejorar las condiciones de trabajo, pero señalaron que el último fin perseguido era la expropiación capitalista, precisa para su emancipación integral, lo que exige la solidaridad de los obreros y la huelga general, tras de la cual los sindicatos se erigen en rectores de la producción económica y la distribución de la renta, para una justa reorganización social.
Como se ve, hay en esto una tendencia totalitaria y colectivista, al pretender un sindicato u organización sindical única, sustitutiva del Estado. Junto a esa declaración de fines, la Carta de Amiens, elaborada por el sindicalista Grifuelhes, dejó trazada la táctica de la C.G.T. francesa, que habría de influir extraordinariamente en casi todo el mundo. El Congreso señaló el carácter apolítico de la C.G.T., concebida como una reunión de trabajadores conscientes de la lucha de clases, a los que se declara en libertad para cualquier encuadramiento político, pero sin pretender llevar sus ideologías al seno del sindicato. El fin perseguido por el sindicalismo exige la lucha contra el patronato y la propaganda antipatriótica y antimilitarista, intensa y audaz.
En esto coincidían en gran parte con el anarquismo (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) y algunos de los llamados sindicatos libres, que por otra parte eran encarnizados enemigos del sindicalismo político. La fuerza política superó aquellos designios; los sindicatos sacrificaron su independencia y siguieron, con excepciones, acatando la dirección de los grupos políticos a que se vincularon. Posteriormente se observa en algunos países la inversión en tal dirección política. Es especialmente evidente en el Reino Unido, donde las Trade Unions, más que subordinadas a las decisiones del laborismo (v.
SOCIAL-DEMOCRACIA), influyen sobre él.
En Estados Unidos los sindicatos tomaron posiciones independientes, no vinculándose a grupos políticos, y apoyan o combaten a aquéllos, siguiendo la doctrina del dirigente Gompers de ayudar a los amigos y combatir a los enemigos, según la conducta seguida por los políticos con las organizaciones sindicales. Se insiste, no obstante, en la frecuente afección de los sindicatos a los grupos políticos que, según Martín Brugarola, obedece a que los intereses profesionales se tratan a nivel de la Administración pública, lo que exige la politicidad sindical.
Los autores hispanoamericanos son tolerantes con la acción política sindical; así Deveali y Mario de la Cueva, indudablemente influidos por la experiencia política de sus propios países. V. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): T.: SINDICATO; INTERNACIONAL, LA; DERECHO SINDICAL; LEGISLACIÓN SOCIAL; DERECHO DEL TRABAJO; OBRERO; trabajador.
[rbts name="politica.
Sindicalismo
Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de sindicalismo, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.Asunto: derecho-laboral.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
Véase También
Sindicalismo
Sindicatos
Derecho Laboral
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
Notas y Referencias
Basado parcialmente en el concepto y descripción sobre sindicalismo en la Enciclopedia Rialp (f. autorizada), Editorial Rialp, 1991, Madrid
Véase También
Bibliografía
La citada en la voz SINDICATO.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Traducción al Inglés
Traducción al inglés de Sindicalismo: Syndicalism
Véase También
Bibliografía
Información acerca de "Sindicalismo" en el Diccionario de Ciencias Sociales, de Jean-Francois Dortier, Editorial Popular S.A.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Concepto sobre sindicalismo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Centralización sindical
Movimiento obrero
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Información sobre Sindicalismo en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Sindicalismo