Sindicato
Este artículo es un complemento a las guías y cursos de esta revista de derecho empresarial. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre el sindicato. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase también una descripción del movimiento obrero y del sindicato obrero. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Visualización Jerárquica de Sindicato
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¿Cómo se define? Concepto de Sindicato
Véase la definición de Sindicato en el diccionario.
Sindicato
Sindicato, asociación de trabajadores cuyo fin es mejorar las condiciones económicas y sociales de éstos. El sindicato representa los intereses de sus afiliados, negociando con el empresario los incrementos salariales y las condiciones laborales durante la negociación colectiva.
Si no es posible llegar a un acuerdo, el sindicato podrá convocar una huelga o llevar a cabo cualquier otro tipo de acción sindical para presionar al empresario.
En algunos países un sindicato es el brazo económico de un movimiento social (un organismo colectivo, en general, que se distingue por un alto nivel de compromiso, y activismo político, pero que a menudo carece de una organización clara) más amplio, que puede incluir un partido político y una cooperativa (Suecia, por ejemplo, a lo largo de muchos años).
En aquellos países donde no existen estos vínculos formales, los sindicatos participan en la vida política, ejerciendo presión para que se promulguen determinadas leyes, o apoyando a algún candidato que defienda los intereses de los trabajadores.
Muchos sindicatos también ofrecen servicios de asesoría jurídica para resolver problemas de empleo, seguros y otro tipo de atenciones para los miembros del sindicato y sus familias. Los sindicatos pueden ser de tres tipos: sindicatos de trabajadores, a los cuales se puede afiliar cualquier trabajador; sindicatos profesionales, a los que se afilian los trabajadores de determinada profesión, como electricistas, carpinteros, o pintores; y sindicatos industriales, a los cuales se pueden afiliar los trabajadores de una determinada industria, como los del sector automovilístico o los de la siderurgia. Los funcionarios públicos también pueden sindicarse.
Historia
Los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos más perniciosos de la Revolución Industrial (véase también sus consecuencias y la industrialización). Los primeros sindicatos se crearon en Europa occidental y en Estados Unidos a finales del siglo XVIII y principios del XIX, como reacción ante el desarrollo del capitalismo. A medida que se iba desarrollando el sistema industrial, numerosas personas abandonaban el campo para buscar los escasos puestos de trabajo de los grandes centros urbanos. Este exceso de oferta de mano de obra aumentó la dependencia de la clase trabajadora. Para reducir esta dependencia se crearon los primeros sindicatos, sobre todo entre los artesanos, que veían amenazada su actividad laboral, y que ya contaban con cierta tradición de unidad en los gremios. Estos grupos tuvieron que enfrentarse a la oposición de gobiernos y patronos, que los consideraban asociaciones ilegales o conspiradores que pretendían restringir el desarrollo económico. Durante el siglo XIX se fueron eliminando estas barreras legales gracias a resoluciones judiciales y a la promulgación de leyes favorables a la sindicación, pero los primeros sindicatos no lograron superar las grandes depresiones económicas de la primera mitad del siglo XIX y desaparecieron. Tanto en los países democráticos como en los no democráticos los sindicatos se oponían al sistema capitalista decimonónico, defendiendo otros modelos alternativos como el socialismo, el anarquismo o el sindicalismo y, tras la Revolución rusa de 1917, el comunismo. A principios del siglo XIX los trabajadores de las minas, los puertos y los transportes constituían la base de los sindicatos de la época.
En América Latina los sindicatos aparecieron a finales del siglo XIX, primero en Argentina y Uruguay y algo más tarde en Chile y otros países. La influencia de los trabajadores españoles e italianos emigrados a Sudamérica resultó decisiva en el proceso de formación del sindicalismo. En México, influyó además el ejemplo asociativo estadounidense y ya en 1870 se constituyó el Gran Círculo de Obreros, de inspiración marxista.
Sindicatos Actuales
La principal función de los sindicatos en los países industrializados democráticos consiste en lograr acuerdos, mediante la negociación colectiva, con los empresarios. Los temas tratados en este tipo de negociación son muchos más que la mera negociación de horas de trabajo y salarios, lo que refleja la creciente complejidad de las sociedades industriales, la mayor fuerza de los sindicatos y el aumento de las exigencias de los trabajadores.
En algunos casos, los acuerdos colectivos especifican con gran detalle cuáles serán los salarios, el número de horas de la jornada laboral, los días de vacaciones, las condiciones de trabajo y otras ventajas.
En otras ocasiones, los sindicatos utilizan su poder para forzar la promulgación de leyes a favor de todos los trabajadores, mayores pensiones de jubilación, un mejor seguro de desempleo, regulaciones sobre seguridad en el trabajo, más vacaciones, bajas por maternidad, viviendas de protección oficial, seguro médico obligatorio e incluso la creación de tribunales especializados en temas laborales (magistratura del trabajo) y procedimientos conciliatorios que protejan a los trabajadores de decisiones arbitrarias. Los principales sindicatos latinoamericanos, muy influidos por el marxismo y el anarquismo, fueron la Federación Obrera de la República Argentina (FORA), creada en 1901, y la Confederación General del Trabajo (CGT) que se fundó en 1930; la Federación Obrera de la República Uruguaya (FORU), creada en 1905, y la Confederación Sindical Uruguaya (CSV) que se constituyó en 1951. En México, la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM) nacida en 1917 al calor de la revolución, se transformó mas tarde en la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que a partir de 1936 apoyó de forma resuelta la política obrerista del general Lázaro Cárdenas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase también Sindicatos (España y Latinoamérica). En los países no democráticos que han sufrido una revolución o un golpe de Estado —civil o militar— o no son países independientes, no suelen existir sindicatos libres. Por ejemplo, en China los sindicatos dependen del gobierno y se encargan de poner en práctica los programas de producción de la economía planificada; este tipo de sindicatos suelen ejecutar los programas estatales de bienestar social.
Los sindicatos internacionales
Los primeros sindicatos internacionales estaban vinculados a movimientos socialistas, cuyos principios siguen manteniéndose en los principales sindicatos actuales. Ya en 1889 se creó la primera secretaría internacional de sindicatos de una industria, formada por varios sindicatos nacionales pertenecientes a la industria editorial.
En 1901 varios sindicatos nacionales crearon la Federación Internacional de Sindicatos (FIS). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tras la II Guerra Mundial, la FIS se disolvió para crear la Federación Mundial de Sindicatos (FMS) que intentaba agrupar a sindicatos comunistas y no comunistas. Los sindicatos de los países democráticos se dieron cuenta de que su acción era incompatible con la de los sindicatos comunistas, por lo que crearon la Confederación Internacional de Organizaciónes Sindicales Libres (CIOSL) que incorpora a casi todos los sindicatos no comunistas. Los sindicatos de la FMS pertenecen casi todos a sindicatos de los países de la antigua Unión Soviética, aunque algunos provienen de países democráticos. Otra asociación internacional de sindicatos, la Confederación Mundial del Trabajo (CMT) surgió a partir de una federación de sindicatos cristianos. Ahora es una asociación secular, con afiliados en Europa occidental, América Latina y África.
En América Latina, la FMS, de influencia comunista, se organizó a partir de 1938 con el nombre de Confederación de Trabajadores de América Latina (CTAL) y en 1948 se alineó en favor de la URSS, frente a la Organización Regional Interamericana de Trabajadores (ORIT), que se afilió a CSIL, recién constituida en Londres. Los sindicalistas cristianos, por su parte, se agruparon en una organización que adoptó el título de Confederación Latinoamericana de Sindicalistas (CLAS). Aunque las organizaciones sindicales internacionales tienen poco poder, su importancia estriba en que fomentan la cooperación y facilitan el intercambio de información.
Han realizado importantes esfuerzos para coordinar sus líneas de acción.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), organismo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), también ha desempeñado en este sentido un importante papel.
Importancia de los sindicatos
Cuando los sindicatos han tenido suficiente fuerza y poder como para amenazar el proceso de producción, su acción y sus presiones han permitido mejorar el nivel de vida, no solo de sus miembros, sino de toda la población.
Sin embargo, el éxito de su acción depende de la capacidad del empresario y de la sociedad para hacerse cargo de los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) económicos que permiten cumplir con las exigencias sindicales. Por ejemplo, en los países democráticos los sindicatos han logrado mejoras económicas durante los periodos de expansión económica; sin embargo, durante las recesiones han acudido a los gobiernos para exigir ayudas económicas para los trabajadores, puestos de trabajo y otras demandas. El poder de los sindicatos en los países no democráticos es mucho más limitado.
Características de Sindicato
Asunto: trabajo-y-empleo. Asunto: vida-politica. Tema: derecho.
Sindicato: Introducción al Concepto Jurídico
De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: Un sindicato es una asociación formada para la defensa de los intereses económicos y políticos de sus miembros, que son integrantes de alguna rama de la actividad económica, generalmente en relación de dependencia.
Su objeto más específico es la negociación de los salarios y demás términos y condiciones de trabajo de sus miembros, pero su actividad suele extenderse a las más diversas áreas (capacitación, asistencia social, recreación, etc.) y tener a la vez en forma directa o indirecta (a través de partidos políticos vinculados) una repercusión política, por su búsqueda de mejorar su participación en el conjunto de valores producidos por la sociedad, en nombre de la justicia social.
Desde este punto de vista un sindicato puede ser considerado un "sujeto político", un integrante del sistema político, que forma parte de los llamados grupos de interés-presión.
Más sobre el Significado Político de Sindicato
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Sindicato en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Sindicato es: Organizaciónes de carácter económico tanto patronales como obreras que en la Argentina se denominan gremios. Organización profesional que frecuentemente implica establecimiento de tarifas comunes o reglamentación de los negocios de la clase o gremio sin que signifique coalición de intereses ni ninguna forma de sociedad mercantil. .
Sindicato (Organización)
Asunto: organizaciones. .
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Noción de Sindicato
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, respecto de sindicato, la siguiente definición: Organización permanente de los trabajadores para la promoción y defensa de los intereses que les son propios, especialmente en las condiciones de vida y trabajo.
En España, a diferencia de otros países, este término se reserva normalmente para organizaciones constituidas por trabajadores asalariados (o funcionarios públicos), con exclusión de los empresarios (asociaciones empresariales); si bien, se utiliza también en el lenguaje coloquial para las organizaciones constituidas por trabajadores autónomos y pequeños propietarios, principalmente en la agricultura. Históricamente, los sindicatos nacieron como sociedades de resistencia para luchar contra ciertas prácticas empresariales, en forma de agrupaciones espontáneas o transitorias (coaliciones o coligaciones) o como entidades mutualistas (sociedades de socorros mutuos). Posteriormente tomaron la forma de asociación profesional y, ocasionalmente, de corporación profesional, dependiendo del contexto legal y del grado de intervención gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) en las relaciones laborales.
Hoy en día, tienen habitualmente la forma de asociaciones profesionales, singularizadas por la especial naturaleza de sus objetivos (promoción de intereses sociales y económicos de los trabajadores) y por su singular actividad (actividad sindical). El primer tipo de sindicato en sentido moderno fue el sindicato de oficio, basado en la ocupación u oficio del trabajador (sindicalismo horizontal); pero esta forma de organización perdió gradualmente importancia y fue sustituida por el sindicato industrial, propio de una industria, un sector o una rama de actividad, con límites geográficos variados (sindicatos de localidad, provinciales, regionales, etc.). Los sindicatos de empresa, los sindicatos profesionales (herederos en cierto modo del sindicato de oficio), los sindicatos de cuadros y los sindicatos generales son también relativamente comunes. Dependiendo de su composición interna, se distingue normalmente entre organizaciones sindicales simples y organizaciones sindicales complejas, que pueden configurarse con criterios funcionales (federaciones de industria), territoriales (uniones territoriales) o conjugando uno y otro (confederaciones sindicales o centrales sindicales). Por su orientación ideológica y su estrategia se suele distinguir entre sindicalismo de clase, sindicalismo independiente o sindicalismo profesional.
En las últimas décadas la constitución de sindicatos se ha extendido a los funcionarios públicos (sindicato de funcionarios). Los primeros sindicatos aparecieron en España bajo la forma de sociedades de socorros mutuos; posteriormente pudieron ampararse en la legislación general de las asociaciones (como hizo UGT en 1888) y más tarde en la legislación especial de las asociaciones profesionales (Ley de 1932). El Régimen franquista disolvió las organizaciones sindicales libres y creó la Organización Sindical Española (Sindicato Vertical), vigente hasta que en 1977 (previa creación de la Administración Institucional de Servicios Socio profesionales, AISS) fue reconocida de nuevo la libertad sindical (Ley de asociaciones sindicales de 1977), consagrada poco después en el artículo 28.1 de la Constitución de 1978 y regulada específicamente en la Ley orgánica de libertad sindical (LOLS) de 1985, que recoge en la actualidad el régimen jurídico de los sindicatos. El reconocimiento de la libertad sindical no solo capacita a los sindicatos para constituirse y determinar su organización interna, estructura y reglas de funcionamiento, sino que también les concede una posición privilegiada respecto de otras asociaciones, tanto por la actividad que pueden desarrollar, como por las garantías jurídicas y medios financieros de que pueden gozar.
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Noción de Sindicato en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, sindicato ha sido definido [2] [3] de la siguiente forma: Asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
Noción Alternativa
Sindicato: Asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
Significado Alternativo
Sindicato: Los sindicatos de trabajadores (y las asociaciones empresariales) contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley.
Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Sindicato en relación a las Relaciones Laborales
En este contexto, sindicato ha sido referido de la siguiente forma: Sindicato: Los sindicatos de trabajadores (y las asociaciones empresariales) contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley.
Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Sindicato en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Sindicatos
Véase una definición de sindicato en el diccionario y también más información relativa a sindicato.
Sindicato
Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de sindicato, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.Asunto: derecho-en-general.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Concepto sobre sindicato originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2009. Microsoft Corporation, 2008.
Diccionario de la Real Academia Española 2006, 23ª edición.
Diccionario de la Real Academia de la Lengua
Constitución Española. Normativa española: Art. 7
Traducción de Sindicato
Inglés: Trade union Francés: Syndicat Alemán: Gewerkschaft Italiano: Sindacato Portugués: Sindicato Polaco: Związek zawodowy
Tesauro de Sindicato
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Véase También
Federación sindical
Organización sindical
Sindicalismo
Sindicato de trabajadores
Sindicato obrero
Sindicalismo Vertical
Sindicalización
Partidos políticos Elecciones sindicales Piquetes Derecho laboral Seguridad social Salarios Pensiones Negociación colectiva Huelga Acción colectiva Empleo Derecho del Trabajo, Derecho Social, Derechos Laborales, Derechos Sindicales, Economía de las Cuestiones Jurídicas, Empleo, Estrategias de Negociación, Huelgas, Negociación Colectiva, Negociación Empresarial, Negociaciones, Negociaciones Laborales, Relación Laboral, Relaciones Laborales, Conflictos Laborales,
Derecho Administrativo
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