Temporalidad del Derecho de Autor
Este artículo es una ampliación de las guías y los cursos de esta revista.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la propiedad intelectual e industrial, sobre este tema.
Te explicamos, en relación al derecho de autor y la propiedad industrial, qué es, sus características y contexto.
Temporalidad del Derecho de Autor en relación a las llamadas propiedades especiales
Dentro del contenido de Derechos reales y derecho hipotecario, la presente sección hará una breve referencia a las siguientes cuestiones: temporalidad del derecho de autor, en el contexto de las llamadas propiedades especiales.
En España
Parte de lo dispuesto en esta sección sobre temporalidad del derecho de autor, puede aplicarse al derecho civil español. Explórese, en caso de interés.
Estados Unidos
La ley de derechos de autor de los Estados Unidos de 1976, enmendada, permite que un autor (o sus herederos o legatarios), durante un período, una "ventana", de cinco años, pueda terminar la transferencia de derechos de autor y por lo tanto recuperar ciertos derechos a sus obras en los Estados Unidos.
Para los derechos de autor transferidos en o después del 1 de enero de 1978, los cinco años de la ventana comienza 35 años a partir de la fecha de la transferencia, o si la concesión proporciona el derecho de publicar, el más corto entre los 35 años de la fecha de publicación o 40 años a partir de la fecha de la transferencia.
Para los derechos de autor transferidos antes del 1 de enero de 1978, los cinco años de la ventana comienza a partir de 56 años, a partir de la fecha en que el derecho de autor fue asegurado por primera vez o el 1 de enero de 1978, lo que sea más tarde. Un autor que termine la concesión de derechos a su trabajo podría tratar de poner fin a todos los derechos en sus obras transferidas a la editorial o bien negociar términos más favorable, en sentido económico u otros.