Teorías de la Reglamentación o Regulación Financiera
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. En inglés: Theories of Financial Regulation. Desde hace mucho tiempo se viene debatiendo sobre los pros y los contras de dos modos de regulación financiera: el mando y control y la autorregulación.
Estos dos modos de regulación han sido favorecidos por los responsables políticos y las teorías regulatorias dominantes durante décadas en las economías desarrolladas como EE.UU., Reino Unido y Australia.
Por consiguiente, el diseño de las regulaciones financieras ha oscilado entre estos dos modos durante los períodos previos a la desregulación y la desregulación financiera en esas economías desarrolladas.
Sin embargo, en este artículo se presenta a los encargados de la formulación de políticas y a una amplia franja de otros grupos de interés un tercer enfoque reglamentario destinado a mantener la estabilidad financiera, que es la cuestión vital durante el período posterior al CGC. Los intentos de conceptualizar e incorporar las nociones de riesgo e incertidumbre en la economía teórica han dado lugar a escuelas de pensamiento y prescripciones políticas divergentes. Esto puede verse al examinar el impacto de las diversas escuelas de pensamiento en la cuestión práctica de la postura política apropiada para la regulación del sector financiero. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Según la escuela de pensamiento que estuviera en auge, la teoría regulatoria dominante oscilaba entre el mando y el control y la autorregulación como medio adecuado para orientar el diseño de la regulación financiera destinada a la estabilidad financiera1. Para demostrarlo, se ofrece un esbozo de los pros y contras comúnmente debatidos de ambos modos de regulación.
Basándose en el edicto keynesiano según el cual los fallos del mercado asociados a la incertidumbre y la inestabilidad eran inevitables, los encargados de formular políticas en el keynesianismo suelen adoptar formas de "mando y control" de arriba abajo.
Sin embargo, este enfoque de regulación estricta y directa ha sido criticado por las debilidades identificadas por los autores jurídicos y los economistas de las escuelas neoclásicas y austríacas. Estas autoridades tienden a defender la noción de autorregulación como la mejor guía para la elaboración de políticas en los sistemas financieros. A continuación, el texto traza la influencia de estos dos modos de teoría regulatoria en los registros históricos de los Estados Unidos, el Reino Unido y Australia desde la Segunda Guerra Mundial hasta la desregulación financiera de los años ochenta. Una consecuencia muy importante de la tendencia histórica a propugnar la autorregulación ha sido el tránsito del comportamiento de los bancos de actuar como intermediarios financieros a asumir el papel de intermediarios en el mercado de la financiación estructurada.
Los efectos combinados de la desregulación financiera, el rápido cambio tecnológico, la evolución de la función bancaria y la creciente complejidad y diversidad de las actividades financieras han hecho que los órganos reguladores se enfrenten al problema de elaborar normas prudenciales adecuadas. A continuación, el texto pasa a examinar la evolución de la regulación del capital desde los días de la regulación anterior a Basilea, basada en la experiencia de los Estados Unidos, el Reino Unido y Australia; al Acuerdo de Basilea de 1988 (Basilea I); a la enmienda de Basilea I de 1996; a Basilea II; y, por último, al nuevo Acuerdo de Basilea III que los países del G-10 y otras economías desarrolladas, como Australia, van a aplicar en 2013.
Recordemos que la idea central de este artículo es discernir el régimen reglamentario más apropiado y eficaz para lograr la estabilidad financiera del sistema.
En consecuencia, la aparición de la crisis financiera mundial (o global) de 2007-2008 ofrece una evaluación preliminar de la eficacia de Basilea II y Basilea III. El texto termina con la idea de que los controles prudenciales eficaces son esenciales en la actual situación económica, pero que ni el sistema de mando y control ni la autorregulación tienen todas las respuestas.
En los mercados financieros sumamente complejos y competitivos, parte de la doctrina sostiene que es necesario elaborar un nuevo enfoque de la reglamentación, en el que se combinen los elementos de los enfoques anteriores.
Oscilación entre dos modos de regulación
La regulación de las instituciones financieras, en particular del sistema bancario, que siempre ha desempeñado un papel fundamental en el logro de la estabilidad financiera, es una tarea difícil para los encargados de formular políticas.
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Durante largos períodos, el diseño de las estrategias de reglamentación se ha caracterizado por una oscilación entre dos enfoques. Por una parte, formas directas y amplias de intervención gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) basadas en las teorías keynesianas.
Por otro lado, arraigada en el lado conservador de la economía política, e influida principalmente por las teorías económicas neoclásicas y austríacas, la idea de un mercado financiero autorregulado.
Modo de Comando y Control
Mando y control describe un enfoque que permite a las autoridades reguladoras utilizar mecanismos de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público), como las normas, para regular las organizaciones.
En la reglamentación de mando y control, el regulador dicta con gran detalle las medidas que debe adoptar la empresa regulada. Por ejemplo, mediante la reglamentación de mando y control, el regulador puede ordenar la adopción de un sistema y unas técnicas de funcionamiento.
La regulación de mando y control es de naturaleza autoritaria; normalmente utiliza un enfoque descendente. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se puede promover un servicio seguro y de alta calidad mediante la reglamentación de mando y control si el regulador dicta y hace cumplir las normas de funcionamiento y rendimiento Revisor: Lawrence