Tipo de Interés
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Es el porcentaje sobre el total del dinero que recibe la persona que posee el capital cuando lo pone a disposición de otra para que lo utilice.
Tipo de Interés en Japón
El 13 de enero de 2006, la Corte Suprema de Japón puso fin a un debate extremadamente largo y ardiente sobre los intereses pagados en exceso de los préstamos. La cuestión había sido objeto de controversia durante muchos años: en el marco reglamentario original, un tipo de interés (véase más en el diccionario y más detalles, en la plataforma (de Lawi), sobre este término) superior a un determinado umbral debía considerarse ilegítimo y, por lo tanto, cualquier disposición contractual en sentido contrario debía anularse, pero los pagos efectuados voluntariamente no podían reclamarse. A continuación, el Tribunal Supremo del Japón intervino declarando que, si bien no era posible obtener la devolución de la cantidad pagada, el excedente debía considerarse como un reembolso parcial de la cantidad principal.
La interpretación ofrecida por la Corte Suprema fue estirada, por decir lo menos, pero fue seguida en gran medida por los tribunales inferiores.
En 1983, una nueva ley intervino de nuevo en el asunto: el pago voluntario de intereses solo podía ser retenido (hasta un 40%) por aquellos prestamistas que cumplieran con algunos requisitos tanto en su estructura organizativa como en la gestión del préstamo específico.
En 2003, una importante decisión del Tribunal Supremo abrió por primera vez la puerta a la posibilidad de reclamar pagos excesivos contra todos los prestamistas, pero siempre en circunstancias excepcionales y bajo una estricta carga de la prueba. Esta situación, por supuesto, era muy confusa.
La confusión creó incertidumbre y la incertidumbre creó disputas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Finalmente, la Corte Suprema intervino de nuevo, y con la decisión de 2006 antes mencionada, decidió que cualquier pago de intereses por encima del límite legal no podía ser considerado "voluntario" y, por lo tanto, debía ser devuelto al prestatario. Para poner fin finalmente a este conflicto entre la interpretación judicial de la ley y la intención del legislador, la ley fue finalmente enmendada en el sentido deseado por la Corte Suprema.26 Sin embargo, las nuevas disposiciones no entraron en vigor hasta el año 2010. Por lo tanto, las fechas clave son 2006 y 2010. Como se demostró, en 2006, el ratio de litigios en Japón comenzaron a aumentar casi verticalmente: la mayoría de los casos se trataba de dinero.
En 2010, los litigios disminuyeron repentinamente, y de nuevo el cambio más notable fue en los casos relacionados con el dinero. Por otra parte, la conciliación especial para la reestructuración de la deuda comenzó en 2000 y alcanzó su punto álgido en 2003, para luego desaparecer con relativa rapidez. Una lectura cualitativa (provisional) de esta tendencia cuantitativa podría ser la siguiente: tras el colapso de la burbuja, la industria crediticia se volvió cada vez más complicada y salvaje y, por lo tanto, el problema del crédito al consumo sin garantía y de los prestatarios sobreendeudados generó un gran número de controversias. Para abordar esta cuestión, el legislador previó una forma específica de conciliación para resolver los litigios de manera informal, pero el plan resultó infructuoso y la gente empezó a referirse a los litigios.
En pocos años, los casos impugnados llegaron a la Corte Suprema, que finalmente decidió a favor de los prestatarios. Esto alentó a otros en la misma situación a llevar su disputa ante los tribunales, ya que se observan escrupulosamente los precedentes del órgano jerárquicamente superior del sistema judicial.
Desarrollo de la Idea
Las empresas de préstamo de dinero no tenían interés en devolver espontáneamente la cantidad impugnada, pero, por otra parte, empezaron a darse cuenta de que la resistencia ante el tribunal era inútil, ya que el resultado muy probablemente habría sido en su contra: por lo tanto, una vez citados a juicio, llegaron a un acuerdo.
Mientras tanto, el legislador intervino en el asunto, pero, curiosamente, con un nuevo marco que no entrará en vigor hasta 2010. En el período 2006-2010 se produjo, por lo tanto, una situación temporal en la que se maximizó el incentivo para presentar reclamaciones ante los tribunales.
En 2010 la ley entró en vigor, resolviendo la situación de derecho sustantivo y, por tanto, reduciendo drásticamente la necesidad de litigar. La explicación anterior, aunque muy simplista y tal vez demasiado ambiciosa, podría explicar las tendencias de los litigios y la conciliación.
Tiende a estar respaldada por otros indicadores. En 2013, la Sociedad para el Estudio del Sistema Procesal Civil (Minji soshō seido kenkyūkai) publicó un voluminoso informe sobre el litigio civil en Japón.30 Este libro ilustra en detalle los resultados de una encuesta sobre muchos aspectos del litigio, como el tiempo y el costo, la comprensión del juicio, la calidad y el profesionalismo de los jueces y abogados.
Sin embargo, lo más relevante para el presente análisis es lo que el informe decidió omitir.
Leyendo sobre la metodología con la que se redactó el libro, vale la pena mencionar la siguiente frase: "También se excluyeron los casos en los que se solicitaban reembolsos de intereses pagados en exceso, que han aumentado drásticamente en los últimos tiempos, pero para los que no se celebran juicios sustantivos ": Un informe de la Comisión Deliberativa del Tribunal Supremo sobre la verificación de la agilización de los juicios ya ha señalado que "recientemente, el número de casos que reclaman la devolución de los intereses pagados en exceso ha aumentado rápidamente. Estos casos tienen varias características, incluyendo un juicio que a menudo es corto, porque las partes llegan a un acuerdo antes del juicio y la demanda se retira en una etapa temprana después de que se presenta la demanda [...]. Y es probable que el aumento de este tipo de casos sea temporal desde un punto de vista a medio y largo plazo, por lo que los datos influenciados por estos casos no reflejan necesariamente las tendencias generales de los litigios civiles ordinarios en primera instancia32. Lo anterior no tendría importancia si los casos excluidos de la encuesta no fueran estadísticamente relevantes.
Pero más adelante en el informe se dan porcentajes: de 5.382 casos presentados a los reporteros, 2.700 (50,16%) se referían a devoluciones de intereses pagados en exceso.33 La mitad del total de los litigios civiles en el período analizado por los peritos se debió al problema mencionado anteriormente. Por supuesto, esto podría explicarse por otros factores.
Por lo tanto, antes de ofrecer conclusiones sobre el repentino aumento y disminución de los litigios en los últimos tiempos, es apropiado trazar un cuadro de lo que ocurrió antes y, por lo tanto, analizar la forma en que los estudiosos trataron el aumento de los litigios en años anteriores. Autor: Black .
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Tipo de Interés en Economía
Tema: home-economia. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Significado de tipo de interés: Coste del uso del dinero en un crédito, préstamo u otra obligación financiera. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Generalmente se fija en forma de una tasa porcentual anual.(1)
Tipo de Interés en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Intereses
Véase una definición de tipo de interés en el diccionario y también más información relativa a tipo de interés.
Tema: intereses.
Tipo de Interés en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Modelos
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Tipo de Interés en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Tipos
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Tipo de Interés en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Acuerdos
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Tema: acuerdos-en-economia.
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas
Basado en una definición de tipo de interés (véase más en el diccionario y más detalles, en la plataforma (de Lawi), sobre este término) de Cambó
Véase También
Bibliografía
Información acerca de "Tipo de Interés" en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España