Trabajadores Fijos
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Noción de Trabajadores Fijos
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de trabajadores fijos, la siguiente definición: Trabajadores que están ligados de manera estable y permanente a la empresa; se dedican a las actividades ordinarias o habituales de una empresa o unidad de producción.
La cualidad de trabajador fijo viene determinada normalmente por la confluencia de dos circunstancias: el desempeño de un puesto de trabajo de la plantilla de la empresa o unidad de producción, y la existencia de un contrato de trabajo por tiempo indefinido.Si, Pero: Pero no hay una correspondencia exacta entre la fijeza y la clase de contrato según la duración.
Hay trabajadores fijos que pueden haber sido contratados por tiempo determinado; son los llamados fijos de obra, vinculados a una empresa mediante un contrato temporal cuyo término final coincide con el de una unidad de producción (obra o servicio) de duración limitada a cargo de aquélla -construcción de un edificio, puesta en práctica o realización de un programa, etc.-.
Pormenores
Por el contrario, puede haber trabajadores vinculados por un contrato por tiempo indefinido que no son propiamente trabajadores fijos; es el caso, en las Administraciones públicas, de los contratados sin límite temporal, aunque al margen de los procedimientos reglamentarios de selección.
La cualidad de fijeza no supone tampoco necesariamente la ocupación del trabajador fijo a tiempo completo o durante todo el año; los trabajadores fijos discontinuos se caracterizan precisamente porque limitan su prestación de servicios a trabajos estacionales o ciclos de actividad que se desarrollan de manera intermitente.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Concepto sobre trabajadores fijos originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda