Tráfico IlÃcito
Este artÃculo es una ampliación de la información sobre comercio internacional, en esta revista del derecho de los negocios.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los aspectos jurÃdicos del comercio exterior, qué es, sus caracterÃsticas y contexto.
Visualización Jerárquica de Tráfico ilÃcito
Intercambios Económicos y Comerciales > PolÃtica comercial > PolÃtica comercial > Reglamentación comercial Intercambios Económicos y Comerciales > Distribución > Distribución comercial > Comercio al por menor > Tienda de animales Asuntos Sociales > Vida social > Vida social > Bioética > Comercio de órganos Relaciones Internacionales > Defensa > PolÃtica de armamento > Comercio de armas Derecho > Derecho penal > Infracción > Delito contra la propiedad > Fraude EconomÃa > Estructura económica > EconomÃa > EconomÃa sumergida Derecho > Derecho penal > Infracción > Tráfico de estupefacientes Asuntos Sociales > Cultura y religión > PolÃtica cultural > Patrimonio cultural > Comercio de arte Derecho > Derecho penal > Infracción > Delito económico Producción, TecnologÃa e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Propiedad intelectual > Propiedad industrial > Falsificación
Tráfico ilÃcito
Tráfico IlÃcito de Antigüedades Expoliadas
El tráfico contemporáneo de estos objetos es, en definitiva, un problema internacional (aunque parte del tráfico de estos objetos puede darse dentro de una misma nación, como en el caso de los objetos de los nativos americanos en Estados Unidos o el comercio de objetos romanos encontrados y comercializados en Inglaterra). La causa fundamental del expolio es la demanda de material cultural ejercida por los Estados ricos del mercado. Esta demanda ejerce una atracción inexorable sobre los recursos culturales de las naciones, a menudo pobres, que son la fuente de gran parte de los bienes culturales de gran valor. En los centros de mercado como Nueva York, Londres y ParÃs se intercambian enormes sumas de dinero por objetos extraÃdos ilegalmente de las naciones más pobres del mundo. La consecuencia es la destrucción del patrimonio cultural de la nación de origen y del patrimonio cultural de la humanidad en general. El argumento actual es que, mientras se permita que continúe esa demanda, será prácticamente imposible desarrollar una campaña eficaz para detener el saqueo.
Por lo tanto, uno de los principales objetivos del presente debate es ofrecer una exploración de la dinámica de este tráfico como problema del mercado internacional. Coleccionar y disfrutar de los rasgos artÃsticos del material de otras culturas, en definitiva, ha sido una parte importante de nuestro patrimonio intelectual. Esta apreciación sigue floreciendo hoy en dÃa, como demuestran las enormes multitudes que atraen las colecciones de los grandes museos de Nueva York, Londres o ParÃs. De hecho, la larga tradición del coleccionismo ha creado un clima de legitimidad en torno a la recogida de estos bienes que perdura y da lugar a una considerable confusión y debate cuando se diseñan medidas para restringir o prohibir la retirada de material cultural de los lugares de origen.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): Además, a medida que las medidas han ido evolucionando en los últimos años para frenar el expolio contemporáneo, se han planteado grandes interrogantes sobre la idoneidad de las prácticas anteriores de traslado por parte de las potencias coloniales, como puede verse en el notable debate internacional sobre las exigencias de Grecia para la devolución por parte de Inglaterra de los mármoles del Partenón. En el más reciente caso del material saqueado de Irak, por ejemplo, se afirmó que el material salÃa de Irak hacia Jordania, y desde allà se enviaba a Suiza.
.
Históricamente, el traslado del material a través de Suiza ha reportado al menos dos ventajas. En primer lugar, las leyes de ese paÃs están fuertemente inclinadas a favor de los "compradores de buena fe", de modo que un individuo que ha comprado un objeto a través de los canales (véase qué es, su definición, o concepto, y su significado como "canals" en el contexto anglosajón, en inglés) comerciales más comunes obtiene un tÃtulo seguro que es excepcionalmente difÃcil de desalojar a través de cualquier desafÃo legal. En segundo lugar, una vez obtenido ese tÃtulo seguro en Suiza, el objeto es relativamente libre de salir al mercado en otros centros porque los documentos legales de exportación serán fáciles de obtener. El material puede entonces aparecer en lugares como las principales casas de subastas con la procedencia demasiado común de "de la colección de un caballero suizo". Una de las lecciones que se desprenden del análisis criminológico de los mercados ilÃcitos internacionales es que, cuando la demanda se mantiene en niveles elevados en las naciones económicamente ricas, se puede ganar mucho con una legislación prohibitiva en los paÃses de origen, especialmente en aquellos cuyos ciudadanos están encerrados en la pobreza. Los escritos recientes en el ámbito de las drogas, a excepción de los documentos oficiales de los gobiernos, son un coro estridente respecto al fracaso de los intentos, especialmente de Estados Unidos, de reducir el flujo de drogas ilÃcitas mediante polÃticas o intervenciones centradas en las naciones de origen. Con respecto a las polÃticas de drogas dirigidas a los paÃses proveedores, durante un siglo o más, la comunidad internacional, impulsada por los Estados Unidos, ha utilizado la diplomacia y la ayuda financiera y militar para persuadir a los paÃses productores de que controlen la producción de drogas.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): A pesar de este esfuerzo, las polÃticas del lado de la oferta no han tenido ningún impacto discernible en la disponibilidad global de drogas.
Alternativas
El argumento a favor de las alternativas a la disuasión (véase qué es, su definición, o concepto jurÃdico, y su significado como "deterrence" en el derecho anglosajón, en inglés) se basa en parte en la teorÃa psicológica sobre los efectos y los lÃmites del dolor, el castigo y las amenazas de éste como herramienta para moldear el comportamiento. Está bien establecido que el castigo (o su amenaza) puede, bajo condiciones especÃficas, inhibir un patrón de comportamiento. Desafortunadamente, también está bien establecido que esta respuesta al condicionamiento no extingue el impulso que hay detrás de ese comportamiento, por lo que el patrón volverá a surgir cuando se elimine la amenaza del castigo.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): Además, aunque el patrón original pueda ser disuadido, puede surgir un comportamiento alternativo dirigido a un fin similar cuando no hay amenaza de castigo. La lógica del condicionamiento sostiene que un enfoque alternativo es apoyar otras formas de comportamiento deseadas que compiten con el patrón indeseable con refuerzo positivo.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): A medida que estos comportamientos alternativos se afianzan, son recompensados y prosperan, el patrón original se extingue. Un argumento ligeramente diferente, centrado en la cuestión de la regulación de la delincuencia de cuello blanco, puede encontrarse en el trabajo de John Braithwaite (1985, 1989, 1993, 2002).
Parte de su opinión, expresada en el tÃtulo de uno de sus primeros trabajos, es que cuando nos ocupamos de la delincuencia de cuello blanco tenemos que tomar algunas decisiones difÃciles sobre si debemos "castigar o persuadir". En lo que respecta a la regulación, Braithwaite insta en última instancia a que hagamos una apuesta en ambos sentidos, es decir, que reconozcamos que tanto la persuasión como el castigo deben formar parte de la combinación reguladora, pero que la mayor parte de lo que hagamos dentro de una polÃtica reguladora debe centrarse en la persuasión.
Propone una metáfora en forma de "pirámide", en la que el grueso de la actividad reguladora dentro de la polÃtica se encuentra en la base de la pirámide y tiene que ver con la educación, la formación, la negociación, el arbitraje y otras estrategias de persuasión.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Braithwaite ve un lugar para los castigos severos apropiados cuando los delitos son especialmente graves; también cree que una respuesta simbólica por parte del sistema de justicia penal indicado es especialmente apropiada.
Pero tales respuestas punitivas (como indica su ubicación de tales acciones en la cúspide de la "pirámide") deberÃan producirse con relativa poca frecuencia dentro de un entorno normativo saludable. Como ya se ha desarrollado más ampliamente en otro lado (véase), se presume que las sanciones penales tienen un papel dentro de un enfoque total del control del mercado de actividades ilÃcitas que hace hincapié tanto en el castigo como en la persuasión. Esta formulación parte de la base de que en el futuro habrá que realizar un gran esfuerzo de innovación para dar forma a la educación y la formación necesarias para el componente de persuasión de esta afirmación. El saqueo de sitios del patrimonio cultural sólo se detendrá cuando los comerciantes y compradores de los paÃses de mercado se den cuenta de las trágicas consecuencias del comercio continuado de material no comprobado.
Por sà sola, la amenaza del castigo es un instrumento demasiado inexacto y contundente para lograr este fin. Datos verificados por: Patrick A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Tráfico IlÃcito en relación a la Migración Internacional
Facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte (de la Convención) del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material (Art. 3 (a) del Protocolo Adicional contra el tráfico ilÃcito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2002). El tráfico ilÃcito, distintamente a la trata, no implica explotación, coerción o violación de los derechos humanos. [1] Véase la definición de Tráfico ilÃcito en el diccionario.
CaracterÃsticas de Tráfico ilÃcito
Respecto al tráfico de personas: trata de personas (ver sus caracterÃsticas, sus vÃctimas y el tráfico -ilegal- de personas; los instrumentos internacionales multilaterales patrocinados por las Naciones Unidas son los siguientes: Protocolo modificando el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947.
Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños.
Ginebra, 30 de septiembre de 1921; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.
Ginebra, 11 de octubre de 1933; Protocolo que modifica el Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en ParÃs el 18 de mayo de 1904, y el Convenio internacional para la represión de la trata de blancas, firmado en ParÃs el 4 de mayo de 1910. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo de 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en ParÃs el 18 de mayo de 1904 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949, Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas.
ParÃs, 18 de mayo de 1904; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en ParÃs el 4 de mayo de 1910 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas.
ParÃs, 4 de mayo de 1910; Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950; Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950) Asunto: intercambios-economicos-y-comerciales. Asunto: asuntos-sociales. Asunto: relaciones-internacionales. Tema: derecho. Tema: empresa-y-economia. Tema: economia. Asunto: produccion-tecnologia-e-investigacion.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurÃdicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artÃculo.
Notas y Referencias
Información sobre tráfico ilÃcito recogida del Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Organización Internacional para las Migraciones, Ginebra, Suiza (2006)
Traducción de Tráfico ilÃcito Inglés: Illicit trade Francés: Trafic illicite Alemán: Unerlaubter Handel Italiano: Traffico illecito Portugués: Tráfico ilÃcito Polaco: Handel nielegalny
Tesauro de Tráfico ilÃcito
Intercambios Económicos y Comerciales > PolÃtica comercial > PolÃtica comercial > Reglamentación comercial > Tráfico ilÃcito Intercambios Económicos y Comerciales > Distribución > Distribución comercial > Comercio al por menor > Tienda de animales > Tráfico ilÃcito Asuntos Sociales > Vida social > Vida social > Bioética > Comercio de órganos > Tráfico ilÃcito Relaciones Internacionales > Defensa > PolÃtica de armamento > Comercio de armas > Tráfico ilÃcito Derecho > Derecho penal > Infracción > Delito contra la propiedad > Fraude > Tráfico ilÃcito EconomÃa > Estructura económica > EconomÃa > EconomÃa sumergida > Tráfico ilÃcito Derecho > Derecho penal > Infracción > Tráfico de estupefacientes > Tráfico ilÃcito Asuntos Sociales > Cultura y religión > PolÃtica cultural > Patrimonio cultural > Comercio de arte > Tráfico ilÃcito Derecho > Derecho penal > Infracción > Delito económico > Tráfico ilÃcito Producción, TecnologÃa e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Propiedad intelectual > Propiedad industrial > Falsificación > Tráfico ilÃcito
Véase También
Comercio clandestino
Comercio ilÃcito
Contrabando
Mercado negro
Entrada ilegal
Introducidor ilegal de migrantes