Transferencia de Tecnologia
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la propiedad intelectual e industrial, sobre este tema.
Te explicamos, en relación al derecho de autor y la propiedad industrial, qué es, sus características y contexto. En inglés: Technology Transfer. La transferencia de tecnología cubre las normas y la jurisprudencia que rodean las transacciones comerciales que involucran el desarrollo, el uso de la comercialización (vender lo que se produce; véase la comercialización, por ejemplo, de productos) o/y, en muchos casos, marketing, o mercadotecnia (como actividades empresariales que tratan de anticiparse a los requerimientos de su cliente; producir lo que se vende) de tecnología y los derechos de propiedad intelectual asociados. Los tipos de transacciones que se incluyen en esta categoría son los contratos de investigación y desarrollo y las licencias de propiedad intelectual, que constituyen el foco principal de buena parte de esta materia. Describiendo las diferentes áreas del derecho que afectan los acuerdos de tecnología como la propiedad intelectual, el derecho contractual, el derecho de la competencia y los impuestos, esta entrada pretende ofrecer cierta guía en esta compleja área del derecho. Se incluye descripciones y referencias sobre:
La cobertura del programa de financiación (o financiamiento) del Marco 7 de la UE en sustitución de Horizon 2020
Reglamento general de protección de datos (GDPR)
Las normas nacionales, como la Ley de organizaciones benéficas 2011 [Charities Act 2011] del Reino Unido
Los diferentes tipos de acuerdos estándar disponibles (Lambert, NIHR, Acuerdos de consorcio de la UE)
La legislación relevante sobre patentes
La Directiva de la UE sobre secretos comerciales
Los Reglamentos n.° 536/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre ensayos sobre medicamentos para uso humano y derogación de la Directiva 2001/20/CE
En el Reino Unido, debe tenerse en cuenta la legislación y normativa relevante sobre patentes, como la Unitary Patent and Unified Patents Court, la Intellectual Property Act 2014, la Legislative Reform (Patents) Order 2014, y la Patents (Supplementary Protection Certificates) Regulations) 2014.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Asimismo, debe considerarse la excepción de investigación (nueva sección 22A) de la libertad de información (véase; y también libertad de comunicación, libertad de expresión, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York, 31 de marzo de 1953) a partir del 1 de octubre de 2014 (Ley de libertad de información (véase; y también libertad de comunicación, libertad de expresión, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York, 31 de marzo de 1953) 2014 o Freedom of Information Act 2014) y la Coverage of Technology Transfer Regulation, 316/2014 [Reglamento de Transferencia de Tecnología, 316/2014] y pautas o guías relacionadas ofrecidas por la administración de dicho país. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Transferencia de Tecnologia
Definición y descripción de Transferencia de Tecnologia ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Marcos Kaplan) La tecnología es definible en un sentido amplio como el conjunto de conocimientos (saber qué) y de prácticas (saber cómo), de objetos, de instrumentos y de procedimientos, elaborados o transformados por los hombres, que se usan para operar sobre la naturaleza, la sociedad y los otros seres humanos, y para satisfacer necesidades humanas (primarias o sofisticadas, sociales, grupales o individuales). Este conjunto de conocimientos y prácticas constituyen bienes y servicios, objeto de transacciones en mercados nacionales y, sobre todo, internacionales.
Tales transacciones y los consiguientes mecanismos y procesos de transferencia se dan en sistemas y mercados caracterizados por la primacía de formas monopolistas u oligopólicas, y por la existencia de una creciente brecha tecnológica entre países desarrollados y subdesarrollados. La transferencia de tecnología sufre limitaciones, y crea problemas, unas y otros susceptibles de regulación jurídica, en las relaciones interindividuales, y en las interestatales.
Capacidad y Resultados de la Transferencia de Tecnologia
Dada la capacidad de la tecnología para crear valores económicos y generar beneficios para investigadores e innovadores, sus resultados son tratados como elemento patrimonial de aquéllos, susceptible de protección jurídica bajo la forma de la exclusividad en la explotación.
La reglamentación internacional de esta transferencia busca proteger a la vez intereses privados y públicos. El interés patrimonial de los titulares de derechos exclusivos sobre invenciones patentadas, del inventor y sus derechohabientes, es protegido por los sistemas unionista (extensión de la protección resultante de la legislación nacional de cada uno de los Estados miembros de una convención internacional, a los habitantes de otros Estados miembros) y regional (por ejemplo, Comunidad Económica Europea). El interés de los Estados es protegido - para evitar que el capital técnico que producen las invenciones de los nacionales sean usados en contra de aquéllos -, mediante el reconocimiento internacional de sus intereses nacionales, a través de instrumentos bilaterales y multilaterales Las transferencias de tecnologías se realizan usualmente en el mercado de acuerdo con la otra oferta y la demanda, bajo forma de relaciones jurídicas de tipo mercantil, sobre todo como contratos de cesión y de concesión.
Estas características se matizan y modifican considerablemente por las relaciones típicas existentes, en general y en este dominio particular, entre países en desarrollo.
Dimensiones diferentes
Aplicada a las relaciones entre dichos dos tipos fundamentales de países que componen el actual sistema mundial, la expresión "transferencia de tecnología" suele referirse a dimensiones diferentes, que no es posible confundir: simplemente desplazamiento geográfico de la realización de una técnica; transmisión a nuevos agentes de la capacidad de hacer funcionar o de reproducir una tecnología; trasmisión de la capacidad de producir tecnologías nuevas. Esta transferencia tecnológica puede darse entre diversos actores de ambos tipos de países: empresas, gobiernos y sus empresas, instituciones internacionales (públicas y privadas).
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Asume además diversas formas jurídicas: venta de fábricas llave en mano, venta de fábricas productos en mano, venta de fábricas mercados en mano; en los tres casos con estrecha asociación de aportes industriales y tecnológicos.
En todos los casos, la transferencia de tecnología genera diversas modalidades de dependencia por la tecnología, sobre todo las siguientes:
Cláusulas restrictivas que acompañan las ventas de licencias o de patentes de sociedades matrices a sus filiales, que prohiben así la comunicación de informaciones técnicas a otras empresas, las modificaciones en la producción o en el producto, o bien importen la obligación de compra de elementos del proceso productivo, u otorgan el control del precio de venta u otras condiciones de comercialización, o restringen la libertad de exportación del producto.
Cláusulas restrictivas que no se limitan a las relaciones entre matrices y filiales, y se aplican a otras empresas.
Dependencia tecnológica a través de los servicios de ingeniería.
Estos fenómenos han llevado a los países subdesarrollados a la reivindicación de un derecho nuevo, y de un código internacional de conducta para la transferencia de la tecnología. Las principales tentativas al respecto se ha dado a través de la Organización de las Naciones Unidas, sobre todo su Conferencia para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD).
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): A este problema se refiere la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados de 1974, sobre todo en su artículo 13. Las reivindicaciones de los países en desarrollo apuntan al logro de una legislación internacional de aplicación coactiva, a la garantía de que la transferencia de tecnologías corresponda a sus necesidades se dé libremente y sin prácticas restrictivas, incluya tratamientos preferenciales y condiciones formales para que tales procesos se cumplan en su beneficio. Los resultados hasta el momento han sido poco considerables. La Constitución, faculta al Congreso, en su artículo 73, fracción XXIX-F, "para expedir leyes tendientes a... la regulación de la...
Transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional".
En General
Los primeros humanos desarrollaron nuevas y mejores formas de producción, y quienes los rodeaban observaban e imitaban. Cuando las nuevas y mejores formas se volvían más complejas, el innovador a menudo enseñaba las innovaciones a otros. Desde sus inicios la transferencia de tecnología ha seguido la innovación.
La tecnología se transfiere de padres a hijos, de maestros a aprendices, de maestros a estudiantes, de gerentes a trabajadores y de trabajadores a trabajadores. La tecnología se propaga tanto horizontalmente (a los competidores) como verticalmente (a proveedores y compradores) de una empresa innovadora determinada. Incluso se propaga a industrias aparentemente no relacionadas (considérese el caso del transistor que fue desarrollado para audífonos pero terminó en radios, televisores, computadoras y vehículos espaciales). Sin embargo, el origen del término transferencia de tecnología y su estudio como un fenómeno separado se pueden remontar a los regalos masivos de tecnología de Estados Unidos a Europa y Japón inmediatamente después de la Segunda Guerra Mundial (1939–1945). Muchas empresas estadounidenses abrieron sus puertas libremente para que las empresas europeas pudieran estudiar sus procesos de producción.
Los planos y las patentes fueron compartidos libremente. Durante la guerra fría entre los Estados Unidos y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), ambas partes alentaron la transferencia de su tecnología a los países menos desarrollados para ayudar a los receptores a desarrollarse y ganar aliados.
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Se suponía que el desarrollo económico requería la adquisición de tecnología moderna. Durante las décadas de 1950 y 1960, las organizaciones internacionales (como el Programa Ampliado de Asistencia Técnica de las Naciones Unidas) y las fundaciones privadas (como las Fundaciones Ford y Rockefeller) fueron los conductos principales de los flujos tecnológicos internacionales. Muchos esperaban que cuanto más se retrasara un país con respecto a la tecnología de vanguardia, más se beneficiarían de la adquisición de esa tecnología. Desafortunadamente, esta esperanza estaba fuera de lugar. Los expertos descubrieron que los países más cercanos a la frontera tecnológica podían absorber mejor la tecnología de vanguardia que los países que se quedaron muy atrás.
Por ejemplo, los países necesitaban electricidad confiable antes de poder usar de manera eficiente cualquier tecnología, como computadoras, que funcionara eléctricamente.
Además, los países necesitaban personas indígenas educadas que pudieran comprender tanto la nueva tecnología como las necesidades especiales del país para poder modificar la tecnología de modo que pudiera funcionar de manera eficiente en el nuevo entorno.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): A fines de los años 70 y 80, surgió literatura sobre tecnología apropiada, donde, en su caso, se refería a tecnología a pequeña escala, más sencilla y, a menudo, manual, como bombas manuales en lugar de bombas eléctricas.
Sin embargo, esta tecnología apropiada no siempre fue bien recibida porque se consideraba inferior a la que usaba el mundo desarrollado. Durante los años 80 y 90, algunos esperaban que las empresas multinacionales encontraran la manera de llevar con éxito las tecnologías más avanzadas a los países más pobres para obtener las mayores ganancias al cerrar las brechas tecnológicas más grandes (y al pagar salarios más bajos). Contrariamente a esta esperanza, la mayoría de las multinacionales no establecieron operaciones en los países más pobres; en cambio, establecieron subsidiarias en países que ya estaban claramente en el camino hacia el desarrollo económico.
Además, las multinacionales tienen un fuerte incentivo para mantener su tecnología de cualquier competidor.
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Se espera que parte de la tecnología de una multinacional se filtre a los competidores a través de la migración de trabajadores de empresas multinacionales a empresas de propiedad nacional, a través de ingeniería inversa o por espionaje industrial.
Para minimizar el riesgo de que los competidores adquieran su tecnología, muchas multinacionales pagan a sus trabajadores mucho más que lo que pagan las empresas nacionales (para evitar que los trabajadores se vayan) y no entregan sus mejores tecnologías a sus subsidiarias extranjeras. En la década de 1990 y principios de la década de 2000, surgió una gran cantidad de publicaciones que intentaban estimar la relación entre la inversión extranjera directa y las tasas de crecimiento de los países en desarrollo a través de la tecnología. Esta literatura asume que la tecnología se propaga de forma natural a través de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como "boundaries" en derecho anglosajón, en inglés) de una empresa a las empresas vecinas y está plagada de problemas con:
cómo medir la tecnología,
determinar en qué medida la inversión extranjera causó el crecimiento o el crecimiento atrajo la inversión extranjera,
modelar y estimar la interacción entre el desarrollo doméstico de la tecnología y la tecnología extranjera, y
explicar cómo y por qué se produce el efecto de desbordamiento, especialmente porque la empresa tiene un fuerte motivo de lucro para detenerlo.
La implicación política de muchos de estos estudios es que los gobiernos de las naciones menos desarrolladas deberían alentar activamente la inversión extranjera directa.
Sin embargo, los problemas enumerados anteriormente pueden invalidar esa conclusión.
Además, esta literatura tiende a considerar solo los efectos positivos de la inversión extranjera directa e ignora los efectos potencialmente negativos, como la dependencia, la pérdida de soberanía, el aumento de la corrupción, la alteración de la cultura nativa y el riesgo de fuga de capitales, que pueden provocar crisis financieras como la uno que barrió Asia en 1997–1998. Autor: Williams
Comercio y la Transferencia de Tecnología en México
El comercio de la tecnología por su propia naturaleza, plantea, en el ámbito del derecho, la necesidad de una reglamentación específica diferente de la normatividad tradicional [y] en el campo contractual existen (según Wionczek, Bueno y Navarrete) una serie de acuerdos. [1]
Contenido
Transferencia de Tecnología, en la plataforma (de Lawi, en relación a la empresa) global, en general, hace referencia o se utiliza para los convenios o licencias de productos de altas tecnologías o de información tecnológica, incluyendo los derechos de patentes y secretos comerciales nacionales o internacionales.
Trata tanto de la promoción como de la restricción de dichas transferencias.
En la plataforma (de Lawi, en relación a la empresa), los conceptos y temas relacionados con transferencia de tecnología incluyen los siguientes: Organización Internacional para la Estandarización, Propiedad industrial, Contratos, Propiedad intelectual, Desarrollo, Permisos y licencias, Secretos comerciales.
Para más información sobre transferencia de tecnología en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Technology transfer (transferencia de tecnología). Esta materia incluye, entre otros, lo siguiente:
Redacción de acuerdos de transferencia de tecnología
Descripción general de la propiedad intelectual
Patentes
Derechos de autor
Protección de bases de datos
Protección de Diseños
Legislación sobre transferencia de tecnología
Propiedad Personal
Derecho de los contratos
Contrato de Transferencia de Tecnología
Requisitos reglamentarios en este ámbito
Introducción a las leyes de competencia de la CE que afectan a los acuerdos de transferencia
Directrices y reglamento de la UE sobre acuerdos de transferencia de tecnología
Normas y reglamento sobre acuerdos de I + D
Valoración de tecnología y productos
Aspectos tributarios en esta materia.
Contrato de Transferencia de Tecnología
Sobre el Contrato de Transferencia de Tecnología, véase aquí.
Visualización Jerárquica de Transferencia de tecnología
Producción, Tecnología e Investigación > Tecnología y reglamentación técnica > Tecnología
Economía > Situación económica > Desarrollo económico > País en desarrollo
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Política de investigación > Relación industria-investigación
Industria > Política y estructura industriales > Política industrial > Parque tecnológico
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Investigación > Innovación
Relaciones Internacionales > Política internacional > Independencia nacional > Independencia tecnológica
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Investigación > Agrupación de empresas
Transferencia de tecnología
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Transferencia de tecnología
Véase la definición de Transferencia de tecnología en el diccionario.
Características de Transferencia de tecnología
Tema: produccion-tecnologia-e-investigacion.
Asunto: empresa-y-economia. Asunto: economia.
Tema: industria.
Tema: relaciones-internacionales.
Transferencia de tecnología en Economía
En inglés: Transfer of Technology in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Transferencia de tecnología en economía.
Introducción a: Transferencia de tecnología en este contexto
Este artículo analiza la transferencia de conocimientos tecnológicos centrándose en las empresas de distintos países. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. La forma dominante de dicha transferencia de tecnología no son las transacciones de mercado a distancia, sino las externalidades de aprendizaje tecnológico. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. El artículo revisa la evidencia del aprendizaje tecnológico de las actividades de importación, exportación e inversión extranjera directa. Este artículo tratará de equilibrar importantes preocupaciones teóricas con debates empíricos clave para ofrecer una visión general de este importante tema sobre: Transferencia de tecnología.
Para tener una panorámica de la investigación contemporánea, puede interesar asimismo los textos sobre economía conductual, economía experimental, teoría de juegos, microeconometría, crecimiento económico, macroeconometría, y economía monetaria.
Datos verificados por: Sam.
Tema: economia-fundamental. Tema: macroeconomia. Tema: microeconomia. Tema: economia-internacional. Tema: finanzas-personales. Tema: ciencia-economica. Tema: pensamiento-economico. Tema: principios-de-economia. Tema: mercados-financieros. Tema: historia-economica. Tema: sistemas-economicos. Tema: politicas-economicas.
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Recursos
Traducción de Transferencia de tecnología
Inglés: Technology transfer
Francés: Transfert de technologie
Alemán: Technologietransfer
Italiano: Trasferimento tecnologico
Portugués: Transferência de tecnologia
Polaco: Transfer technologii
Tesauro de Transferencia de tecnología
Producción, Tecnología e Investigación > Tecnología y reglamentación técnica > Tecnología > Transferencia de tecnología
Economía > Situación económica > Desarrollo económico > País en desarrollo > Transferencia de tecnología
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Política de investigación > Relación industria-investigación > Transferencia de tecnología
Industria > Política y estructura industriales > Política industrial > Parque tecnológico > Transferencia de tecnología
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Investigación > Innovación > Transferencia de tecnología
Relaciones Internacionales > Política internacional > Independencia nacional > Independencia tecnológica > Transferencia de tecnología
Producción, Tecnología e Investigación > Investigación y propiedad intelectual > Investigación > Agrupación de empresas > Transferencia de tecnología
Véase También
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Recursos
Véase una variedad de recursos, en relación a esta materia de la propiedad industrial e intelectual:
Notas
Información sobre aspectos de la transferencia de tecnología en México en "Introducción al Derecho Mexicano", UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: la Gran Enciclopedia Mexicana, Leonel Pereznieto Castro, reimpresión de la 1a ed. de 1981
Véase También
Bibliografía
Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado, tomo I, Introducción y parte general, Madrid, Ed.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Atlas, 1972 (6a. ed.)Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado, tomo II, Parte espectal, Madrid, Ed.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Atlas, 1979 (6a. ed.)Ovalle Favela, José, los conflictos de competencia judicial (inédito) Pereznieto Castro, Leonel, "Algunos aspectos de la constitución y personalidad jurídica de las sociedades internacional", Estudios de derecho económico I, México, UNAM, 1977 Pereznieto Castro, Leonel, "Comentarios a la ley para promover la inversión mexicana y regular la inversión extranjera", el Foro, 5a. época, núm. 30, abril-junio de 1973, México, D.F.
Carreau, Dominique y otros, Droit International Economique, 2ª edición, París, 1980; Bye, Maurice y Destanne de Bernis, G., Relations économiques internationales, I. Echanges internationaux, París, Dalloz, 1977; Kaplan, Marcos, La ciencia en la sociedad y en la política, México, Sepsetentas Diana, 1979; Wionczek, Miguel S., Política, tecnología y desarrollo socioeconómico, México, Secretaría de Relaciones Exteriores, 1975.