Tránsito Internacional de Mercancías
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los aspectos jurídicos del comercio exterior, qué es, sus características y contexto.
Introducción: Tránsito Internacional de Mercancías
Concepto de Tránsito Internacional de Mercancías en el ámbito del objeto de la plataforma (de Lawi) online: El traslado de mercancías extranjeras de la aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) de entrada a la aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) que realizará el despacho de importación o bien, el traslado de mercancías nacionales o nacionalizadas de la aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) de despacho a la aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) de salida para su exportación.
Compraventa Internacional de Mercancías
El régimen jurídico de la compraventa internacional de mercancías lo encontramos en la Convención sobre Compraventa Internacional de Mercaderías hecha en Viena el 11 de abril de 1980. El Convenio de Roma ha sido sustituido por el Reglamento (CE) 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la Ley aplicable a las obligaciones contractuales que establece se aplicará la Ley del país donde el vendedor tenga su residencia habitual. Véase más sobre esta cuestión en la presente plataforma.
La Convención de Viena de 1980
La Convención de Viena de 1980 no contiene el concepto de compraventa internacional, pero dice que el contrato que se regula en este cuerpo legal es un contrato consensual, bilateral, oneroso y conmutativo por el que una de las partes se obliga a entregar bienes y transmitir su propiedad a la otra parte y ésta a recibirlos y a pagar por ellos un precio en dinero. Véase más sobre esta cuestión en la presente plataforma.
El contrato de compraventa internacional de mercancías
El Reglamento (CE) 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la Ley aplicable a las obligaciones contractuales será aplicable a las compraventas internacionales de mercancías comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la Convención de Viena a las materias no reguladas por ella. Véase más sobre compraventas de mercancías en la enciclopedia jurídica. Véase más sobre esta cuestión en la presente plataforma.
Los Incoterms (Internacional commercial terms)
Los Incoterms son un conjunto de términos comerciales que hacen referencia, cada uno de ellos, a una serie de reglas relativas a algunos aspectos de los contratos de compraventa internacional de mercancías. Véase más sobre esta cuestión en la presente plataforma.