Tributo
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho tributario o fiscal, en esta revista de aspectos jurídicos de la empresa.
Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la imposición en la empresa, sobre este tema.
Nunca te pierdas una historia sobre el derecho fiscal corporativo y relaciones tributarias, de esta revista enfocada al derecho empresarial:
Te explicamos, en relación a los impuestos y otros aspectos tributarios, sobre las personas juridicas, qué es, sus características y contexto.
Objeto del Tributo y Clases
"Tributo, suele recogerse en la teoría de los ingresos públicos del Estado, pero no es esta faceta la más caracterizada porque el tributo representa una auténtica institución, es decir, un conjunto de normas que regulan una pluralidad de relaciones jurídicas, derechos, obligaciones, potestades, deberes y sujeciones en torno a lo que se ha llamado la relación jurídica tributaria, existente entre los ciudadanos y la Hacienda pública en virtud de la cual ésta hace efectivo su derecho al cobro de las cargas y obligaciones. El objeto del tributo es una prestación en términos de dinero en efectivo (periódica o no, dependiendo del hecho que la motive) a que está obligado el contribuyente o ciudadano sujeto a su pago, pero con carácter excepcional en algunas normas se encuentra reconocida la prestación en especie, por ejemplo en materia de hidrocarburos en que debe entregarse un porcentaje, o de patrimonio artístico donde se admiten obras de arte en pago del impuesto sucesorio o hereditario. Dicha obligación tributaria nace de la ley, de modo que es un principio de rango universal y reconocido en todas las constituciones, como principio de reserva de ley para la imposición de los tributos, y garantizar así las notas de obligatoriedad y exigibilidad, pero protegiendo el principio de igualdad que aplicado a esta materia se traduce en el pago proporcional con arreglo a la capacidad económica del sujeto pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) o contribuyente. Se reconocen tres tipos de tributos: los impuestos, las tasas y la contribución especial. Cuando el Estado actúa como ente público y satisface una necesidad colectiva que se concreta en prestaciones individualizadas que se otorgan a sujetos determinados, se les impone un tributo llamado tasa. La voluntad del usuario es determinante para producir o no el hecho sometido a gravamen, pero no para determinar el nacimiento, validez y contenido de la obligación, que derivan de la ley, única que puede regular esta obligación de Derecho público.
Si el pago en cambio se determinara por contrato y no por la ley, habría que hablar de precio, de donde se deduce que la tasa no es un precio por la prestación del servicio." (1)
Tributo
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Tributo en Economía
Cuestión: home-economia.
Significado de tributo: Prestación monetaria obligatoria regida por el principio de legalidad, del cual se sirve el estado u otro ente público para obtener los medios económicos necesarios para el cumplimiento de sus fines. Los tributos se clasifican en tasas, impuestos y contribuciones especiales.(1)
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A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la imposición a las empresas, sobre el tema de este artículo.
Notas
Basado en una definición de tributo de Cambó
Véase También
Bibliografía
Información acerca de "Tributo" en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España
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Véase También
Derecho Tributario
Derecho Financiero
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Notas y Referencias
Información sobre Tributo en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Fraude a la Ley
Tráfico de Influencias
Trabajadores Extranjeros
Base Liquidable
Base Imponible
Cuota Tributaria
Devengo Del Impuesto
Compensación Fiscal
Exacciones Ilegales
Exacciones Parafiscales
Tribunal Aduanero
Trato Arancelario Preferencial
Tránsito Aduanero
Tributos
Bibliografía
Cuestiones Tributarias Prácticas, Editorial La Ley, Madrid, 1ª ed. 1989, 2ª ed. 1990 (coautores Gabriel CASADO, Ramón FALCON y Carmelo LOZANO).
"Tasas Municipales", Fiscalidad Municipal sobre la propiedad urbana, Ed. Lex Nova, Valladolid, 1982, págs. 25 a 81.
"Los principios del beneficio, capacidad económica y provocación de costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) y los tributos propios municipales", A problematica da tributação local / Local taxation, Ministério do Planeamento e da Administração do Territorio, Coimbra, 1989, págs. 193 a 208.
"Les principes de la fiscalité et la réforme del impôts municipaux sur l'immobilier en Espagne", Acta Universitatis Lodziensis, Folia Iurídica, Polonia, 1992, págs. 85 a 97.
Voz "Contribuyente", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 1.662 a 1.665.
Voz "Cuota", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 1.877 a 1.878.
Voz "Obligación tributaria", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 4.532 a 4.534.
Voz "Obligado tributario", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 4.539 a 4.541.
Voz "Responsable", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 5.961 a 5.965.
Voz "Sucesión en la titularidad de empresa", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 6.403 a 6.405.
Voz "Sustituto", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs.6.458 a 6.461.
Voz "Tributo", en Enciclopedia Jurídica Civitas, Ed. Civitas, Madrid, 1995, págs. 6.712 a 6.716.
"Reflexiones sobre las tasas de las Haciendas Locales", Hacienda Pública Española, nº 35, 1975, págs. 253 a 304.
Las tasas de las Entidades locales (El Hecho Imponible), Editorial Aranzadi, Pamplona, 1999.