Zona de Libre Comercio
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Visualización Jerárquica de Zona de libre comercio
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Zona de Libre Comercio en el Derecho Comercial
Significado de Zona de Libre Comercio (1), en relación a este tema: De acuerdo con la definición del GATT, se refiere a un grupo de países entre los que se eliminaron las barreras arancelarias y de otra índole, no existiendo obstáculo para el intercambio comercial de los productos originarios de dichos países. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Zona de Libre Comercio en el Entorno Empresarial Global
Asunto: entorno-empresarial-global. Zona de Libre Comercio puede ser definido/a de la siguiente forma: Un área designada por el gobierno a la que se pueden importar bienes para su procesamiento y posterior exportación libre de impuestos. Las mercancías pueden ser almacenadas, usadas o fabricadas en la zona y reexportadas sin pagar derechos. Revisor: Lawrence
Zona de Libre Comercio en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Zonas
Véase una definición de zona de libre comercio en el diccionario y también más información relativa a zona de libre comercio. Asunto: zonas.
Zona de libre comercio
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Zona de libre comercio
Véase la definición de Zona de libre comercio en el diccionario.
Introducción: Zona de Libre Comercio
Concepto de Zona de Libre Comercio en el ámbito del objeto de la plataforma (de Lawi) online: Región formada por dos o más estados soberanos en el que se han eliminado los aranceles y otras barreras de comercio, esta vas mas allá que un sistema preferente que conserva los aranceles para proporcional cuotas más favorables para sus miembros.
Significado Alternativo
Un grupo de dos o más territorios aduaneros entre los cuales se eliminan los derechos de aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas.
Zona de Libre Comercio
Grado de integración de países que supone un paso más respecto al sistema de preferencias aduaneras o régimen preferencial, y que consiste en la eliminación total de las barreras al comercio existentes entre los países firmantes del acuerdo, pero con el mantenimiento por parte de cada uno de ellos de su propia tarifa frente a terceros países.
Zona de Libre Comercio en el Derecho
Tema: home-derecho. Definición de Zona de Libre Comercio del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Área geográfica en la que se puede realizar el comercio sin que se apliquen aranceles. Asunto: aranceles. Asunto: interferencias-en-el-comercio-internacional. Para ello se establecen medidas entre países encaminadas a eliminar los derechos de aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) para las mercancías procedentes de la zona afectada.
Nota: Consulte más información sobre Zona de Libre Comercio (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Zona de Libre Comercio
Definición y descripción de Zona de Libre Comercio ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ricardo Méndez Silva) Se refiere la denominación zona de libre comercio al fondo de integración económica entre Estados soberanos que comprende la aceptación de dos políticas básicas: a) la adopción de una tarifa exterior común, que se significa en la fijación de precios uniformes aceptados por todos los Estados miembros del proceso, para determinados productos que van a ser vendidos fuera de la zona a terceros países, y b) la liberación del comercio, exento de aranceles, o a través de una gradual reducción de los mismos, para todos los productos o para un número determinado de ellos, entre los países del área.
A partir de los Años 50
Es principalmente a partir del comienzo de la década de los años cincuenta que aparece el proceso de integración económica. Los Estados europeos, después de la Segunda Guerra Mundial, por el impacto de la descolonización que les hace perder sus colonias, se ven orillados a buscar nuevas opciones para el desarrollo, particularmente la unión de las economías.
En 1951 surge en Europa occidental la Comunidad Económica del Carbón y del Acero, y en 1957 es firmado el Tratado de Roma que estableció las bases del Mercado Común Europeo, la experiencia institucional más avanzada de integración económica, y que ha motivado el surgimiento de un nuevo apartado de regulación jurídica: el llamado derecho comunitario. El mercado común implica el reconocimiento de cuatro libertades económicas fundamentales entre los Estados participantes del proceso:
la libertad de comercio;
la libertad de trabajo;
la libertad de circulación de capitales, y
la libertad de circulación de servicios.
Una zona de libre comercio quedaría reducida a la primera libertad y, por consecuencia, en un escalón institucional inferior, donde la integración no asume formas estrechas de cooperación.
En 1960 se firmó en América Latina el Tratado de Montevideo que instituyó la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, de la que formó parte México. Su finalidad fue crear un bloque comercial de los países del área, liberalizando el comercio hacia adentro y levantando un frente comercial hacia afuera, a través de la adopción de una tarifa exterior común. La finalidad de la letra del Tratado era alcanzar un sistema de libre comercio en un término de doce años.
Sin embargo, no existió jamás una auténtica voluntad integracionista. Los Estados miembros antepusieron su interés, influido en buen grado porque los productos de la región más que ser complementarios entre sí resultaban competitivos. De otra parte, la hermandad latinoamericana ha sido afectada severamente por la proliferación de conflictos entre Estados vecinos y por diferencias de tendencia política en el escenario continental. Con una carta de presentación poco halagüeña sobre sus logros, en 1981, se extinguió la ALALC, y en su lugar se creó la ALADI, Asociación Latinoamericana de Integración que buscaría metas más realistas y, a la par, más ambiciosas en el proceso de integración económica latinoamericana.
Características de Zona de libre comercio
Asunto: intercambios-economicos-y-comerciales. Asunto: organizaciones-internacionales. Tema: empresa-y-economia. Tema: economia. Asunto: union-europea.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurídicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artículo.
Traducción de Zona de libre comercio
Inglés: Free-trade area Francés: Zone de libre-échange Alemán: Freihandelszone Italiano: Zona di libero scambio Portugués: Zona de comércio livre Polaco: Strefa wolnego handlu
Notas y Referencias
Publicado por IICA, del Grupo Andino
Véase También
Zona de libre cambio
Zona de Libre Comercio
Algunos términos relacionados con Zona de Libre Comercio en la plataforma (de Lawi) digital
Bibliografía
Linares, Antonio, Aspectos jurídicos de los sistemas de integración económica, Caracas, Universidad Central de Venezuela, 1969; Tinbergen, Jan, International Economic Integration; 2ª edición, Amsterdam, Elsevier Publishing Company, 1965; Vachino, Juan Mario, Integración económica regional, Caracas, Universidad Central de Venezuela, 1981; Witker V., Jorge, La Asociación Latinoamericana de Integración (sus objetivos, funcionamiento y texto del Tratado de Montevideo de 1980 comentado), México, Editorial GuMa, 1981.