Cuando se produjo en España el fallo del Banco de Barcelona, el Juzgado de Primera Instancia del norte de esta capital, ante la reclamación de los propietarios de las cuentas corrientes del banco, que pedían ser clasificados en el fallo como titulares de un depósito, dictó una senténcia en la que reconocía a los impositores como depositantes, y por tanto su carácter preferente de creditores de dominio.
Banco de Barcelona
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Cuando se produjo en España el fallo del Banco de Barcelona, el Juzgado de Primera Instancia del norte de esta capital, ante la reclamación de los propietarios de las cuentas corrientes del banco, que pedían ser clasificados en el fallo como titulares de un depósito, dictó una senténcia en la que reconocía a los impositores como depositantes, y por tanto su carácter preferente de creditores de dominio.